Amnistía Internacional (AI) hace un llamado al diputado Francisco Arroyo Vieyra y otros diputados para que retiren la iniciativa de reforma al Artículo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que pone en grave riesgo importantes avances normativos en protección a los derechos humanos que se produjeron gracias a la reforma del texto constitucional en 2011.
Con este llamado, AI se suma a intelectuales, defensoras y defensores de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil mexicana que en los últimos días han manifestado su grave preocupación por el debilitamiento de la protección de los derechos humanos que se produciría de aprobarse la iniciativa presentada por el diputado Arroyo Vieyra.
La organización considera positivo la postura del diputado anunciada ayer durante una entrevista en radio de no seguir promoviendo la iniciativa al reconocer la amplia consternación que ha provocado desde que él la presentó y fue publicada el 3 de enero en la Gaceta Parlamentaria.
Sin embargo, en tanto esa iniciativa no sea retirada de forma oficial de la Cámara de Diputados existirá la posibilidad de que esta pueda ser impulsada posteriormente por otros integrantes de la Cámara. AI solicita su retiro oficial por su incompatibilidad con el objetivo de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 y las obligaciones internacionales de México en la materia.
Adicionalmente, quienes integran el Congreso deben asumir la obligación de armonizar el resto de la legislación de acuerdo a las obligaciones que actualmente establece el Artículo Primero de la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos, para así asegurar que todas las personas en México podrán acceder en la práctica a los derechos que estos instrumentos les otorgan.
Antecedentes
La propuesta de reforma del diputado Francisco Arroyo Vieyra contempla incorporar al Art. 1 de constitución esta frase: “De existir una contradicción de principios entre esta Constitución y los Tratados Internacionales de los que México sea parte, deberá prevalecer el texto constitucional, conforme a lo previsto en su artículo 133”.
La consecuencia de esta reforma sería de dejar sin efecto el principio pro persona consagrado en la reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011. Este principio garantiza la aplicación de la interpretación más favorable a la persona en caso de contradicción entre la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos. Por tanto asegura como mínimo el acceso a los derechos consagrados en los tratados internacionales ratificados por México a todas las personas y cuando la constitución sea más favorable, la aplicación de lo que la misma establece.
Amnistía Internacional ha reconocido las reformas constitucionales de junio 2011 como trascendentales en el establecimiento de un ordenamiento jurídico que garantice la protección de los derechos humanos según las normas internacionales. El principio pro persona es un elemento fundamental de estas reformas para obligar las autoridades, y en particular los tribunales, a aplicar el criterio más protector de los derechos humanos. La reforma de junio de 2011 rompió con el obstáculo histórico de limitar la protección de los derechos humanos a la interpretación de la constitución y no las normas internacionales de derechos humanos, que en si misma es contrario a las obligaciones asumidas al ratificar los tratados internacionales de derechos humanos.
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