EVENTO FORO EMPRESARIOS
miércoles, 18 de enero de 2012
Carta del precandidato presidencial Andrés Manuel López al Instituto Federal Electoral (IFE)
Carta del precandidato presidencial Andrés Manuel López al Instituto Federal Electoral (IFE)
México, Distrito Federal
Miércoles 18 de enero de 2012
*
DR. LEONARDO VALDÉS ZURITA
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL IFE
CONSEJEROS ELECTORALES
SECRETARIO EJECUTIVO
PRESENTES
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, en mi carácter de precandidato de la coalición Movimiento Progresista a la Presidencia de la República, con domicilio ubicado en San Luis Potosí 64 esquina Córdoba, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, código postal 06700, comparezco ante Ustedes, con fundamento en el artículo 8 de la Constitución y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a fin de solicitarles la interpretación conforme que ordena el segundo párrafo del artículo 1 de la Constitución al artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y demás disposiciones legales secundarias electorales relativas a la organización de debates entre candidatos presidenciales y a la manera de orientar las reglas secundarias en materia de radio y televisión para promover los principios y procedimientos democráticos, la libertad de expresión y el derecho a la información de todas las personas, primordialmente de los ciudadanos. Autorizo al C. Jaime Fernando Cárdenas Gracia, con cédula de profesiones número 1624092 para oír y recibir notificaciones en relación con esta solicitud.
La finalidad de esta petición consiste en que el Consejo General del Instituto Federal Electoral determine la celebración de doce debates temáticos entre los candidatos presidenciales durante el período de campaña, uno por semana, sobre los asuntos que interesan a la ciudadanía. Nosotros proponemos que los primeros cuatro debates versen sobre los temas: 1) cuál es la propuesta de los candidatos presidenciales para enfrentar y resolver el problema del desempleo; 2) qué proponen los candidatos presidenciales para atender y resolver los problemas de inseguridad y violencia del país; 3) cómo proponen los candidatos presidenciales combatir la corrupción; y, 4) cuál es la propuesta de los candidatos presidenciales para abatir el rezago educativo de México.
Asimismo los ocho temas restantes pueden surgir de las propuestas de los candidatos en materia de política económica, rescate al campo, petróleo y electricidad, ciencia y tecnología, infraestructura y comunicación, política fiscal, monopolios, democracia, legalidad, desarrollo urbano y vivienda, salud y seguridad social, indígenas, migrantes, jóvenes, mujeres, adultos mayores, derechos humanos, medio ambiente, deporte, cultura, política exterior, entre otros.
Considero que la realización de los doce debates es fundamental para que: la ciudadanía conozca las propuestas de los respectivos candidatos presidenciales; se generen condiciones de mayor equidad en la contienda; se confronten las ideas y las propuestas de los candidatos en ámbitos de mayor equidad; se promueva la libre discusión pública de los asuntos nacionales; se garanticen pro persona los derechos a la libertad de expresión, de información y, políticos de los ciudadanos; y, así, los ciudadanos, puedan emitir, el día de la jornada electoral, un voto libre y razonado.
Pido formalmente que el Consejo General del Instituto Federal Electoral resuelva esta solicitud con suficiente tiempo –desde luego, mucho antes del inicio de las campañas- con la finalidad, de que el órgano electoral federal maximice los derechos fundamentales de los ciudadanos, los candidatos organicen adecuadamente sus agendas de campaña y, el IFE brinde condiciones de mayor equidad y certeza al proceso electoral.
Propongo que se suspendan para los candidatos presidenciales los spots de radio y televisión para transmitir en su lugar debates. Lo trascendente para los ciudadanos en este proceso electoral federal en curso y, para nuestro país, es la discusión pública de los asuntos nacionales que interesan a la gente.
Para justificar y respaldar esta solicitud respetuosa, realizo a continuación las siguientes consideraciones jurídicas:
La base III del artículo 41 de la Constitución en sus apartados A y B nos proporciona principios constitucionales que debemos atender en materia de radio y televisión. Entre ellos destaco el previsto en el último párrafo del apartado B de la citada base III del artículo 41 de la Constitución que dispone: “Cuando a juicio del Instituto Federal Electoral el tiempo total en radio y televisión a que se refieren este apartado y el anterior fuese insuficiente para sus propios fines o los de otras autoridades electorales, determinará lo conducente para cubrir el tiempo faltante, conforme a las facultades que la ley le confiera”.
La norma constitucional que obligó a legislador a desarrollar el anterior principio se repite pero no se precisa ni regula en la legislación secundaria. A este respecto, el artículo 73 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, exclusivamente y tal como lo establece la norma constitucional, faculta al IFE para que determine lo conducente para cubrir el tiempo faltante en radio y televisión a fin de satisfacer los fines del Instituto y, los de otras autoridades electorales.
Entre los fines del Instituto Federal Electoral, según el artículo 105 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, están: contribuir al desarrollo de la vida democrática (de hecho es el primer fin del Instituto); preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones; velar por la autenticidad del sufragio; llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática; y, fungir como autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a los objetivos del Instituto, de otras autoridades electorales y, de los partidos.
Los anteriores fines son compatibles jurídicamente con la competencia o facultad a cargo de la autoridad electoral para ampliar el número de debates entre candidatos presidenciales y, con la realización de los mismos, bajo criterios de calidad, respeto y garantía de los derechos fundamentales de expresión e información a favor de los ciudadanos. Los fines del IFE, obligan a la autoridad electoral a promover la democracia mediante la discusión pública, política y electoral, entre partidos y candidatos, de los grandes problemas nacionales de cara y frente a la sociedad.
En materia de debates entre candidatos presidenciales, el artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece importantísimas reglas que estimo son acordes y atinentes con mi petición. Resaltó las siguientes:
El párrafo cuarto de ese artículo nos indica que las estaciones y canales que decidan transmitir, en vivo, los debates presidenciales, quedan autorizados a suspender, durante el tiempo correspondiente, la transmisión de mensajes que correspondan a los partidos y a las autoridades electorales. Es decir, es dable jurídicamente suspender spots de partidos, del IFE y, otras autoridades electorales, para transmitir debates entre candidatos.
El párrafo tercero de la norma en cuestión, además de establecer que los debates se transmitirán en vivo y, que el Instituto dispondrá lo necesario para la producción técnica y difusión de los debates, nos señala que el Instituto realizará las gestiones necesarias a fin de propiciar la transmisión de debates en el mayor número de estaciones y canales. La finalidad de la norma es obvia, y consiste, en que el mayor número de ciudadanos tenga acceso en vivo a los debates entre candidatos presidenciales.
El párrafo segundo del artículo 70 del Código, faculta al Consejo General del IFE a determinar lo necesario –previa opinión de los partidos respecto al día y la hora- para realizar los debates entre los candidatos presidenciales. La regla pone en evidencia las amplias competencias del Consejo General del IFE en la materia.
Finalmente, respecto al artículo 70 del COFIPE que nos indica que con motivo de las campañas para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto coordinará la realización de dos debates, conforme a lo que determine el Consejo General, expreso que la norma puede ser interpretada, en cuanto a sus alcances jurídicos, al menos de dos maneras. En un sentido restrictivo y limitativo que presuma que sólo pueden existir dos debates entre candidatos presidenciales y, en un sentido amplio, en el que el significado de la norma sea, el que al menos deben ser dos los debates, pero que podrían realizarse más.
Estimo que la interpretación correcta, tanto gramatical y sistemática como funcionalmente, es la amplia y garantista con los derechos fundamentales, por las siguientes razones:
Gramaticalmente, el párrafo 1 del artículo 70 del COFIPE, nunca señala limitativamente que sólo serán dos debates. La norma dice que el Instituto coordinará la realización de dos debates, pero no estatuye que sólo sean dos. Es más, la parte final del párrafo alude a que la realización de los debates será conforme a lo que determine el Consejo General. El párrafo segundo del artículo comienza estableciendo que los debates serán realizados el día y hora que determine el Consejo General, escuchando previamente la opinión de los partidos y, en la segunda parte de ese párrafo, se indica para el supuesto de falta de acuerdo entre los partidos y la autoridad electoral, una temporalidad expresa. Sin embargo, jamás dichos párrafos incorporan expresiones limitativas como: “sólo dos debates”, “exclusivamente dos debates”, “no podrá haber más de dos debates”, etcétera. Gramaticalmente, lo que la norma da a entender es que al menos habrá dos debates.
Sistemáticamente, nuestra interpretación también está respaldada por múltiples disposiciones constitucionales, convencionales y legales.
Constitucionalmente mencionamos algunas normas. El artículo 3 de la Carta Magna define a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. El artículo 6 de la Constitución establece, entre otros, los principios y derechos fundamentales de: libertad de expresión, máxima publicidad y, la garantía estatal del derecho a la información de los ciudadanos. El artículo 39 de la Constitución indica que la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo y que los poderes públicos dimanan del pueblo y se instituyen para beneficio de éste. El artículo 40 de la Constitución recoge el principio democrático como uno de los que constituye a la República. El artículo 41 de la Carta Magna dice que los partidos políticos tienen como fin básico promover la participación del pueblo en la vida democrática. El mismo artículo 41 constitucional confiere al IFE la facultad de determinar lo conducente para cubrir el tiempo faltante de radio y televisión para cumplir sus fines.
Convencionalmente, los artículos 13 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, garantizan y promueven la libertad de expresión, información y derechos políticos de los ciudadanos. Así, el primer párrafo del artículo 13 del citado instrumento internacional, indica que las libertades de expresión y pensamiento comprenden la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. El artículo 23 de la citada Convención garantiza el derecho para que todos los ciudadanos participen en la dirección de los asuntos públicos y de votar en elecciones en donde se garantice la libertad de expresión. Los artículos 1, 2, 29 y 30 de la misma Convención establecen la obligación de los Estados parte de cumplir con los derechos fundamentales y de maximizarlos a favor siempre de las personas y de la libertad.
Legalmente, los fines previstos por el artículo 105 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales obligan al IFE a realizarlos en la mayor medida posible para garantizar los derechos fundamentales de carácter político de los ciudadanos. Y como se señaló, los párrafos cuarto y tercero del artículo 70 del COFIPE, permiten la suspensión de spots para trasmitir debates, y orientan a las autoridades electorales para que en los debates entre candidatos presidenciales el mayor número de ciudadanos tenga acceso a ellos.
Sistemáticamente, el ordenamiento jurídico está construido para promover y ampliar los derechos fundamentales de las personas y de los ciudadanos y, para maximizar los principios y procedimientos democráticos, en primer lugar, como una forma de vida y fundamento de las instituciones del Estado y, posteriormente, como una forma de gobierno. De esta suerte la interpretación correcta al primer párrafo del artículo 70 del COFIPE, debe ser, la que amplíe los debates y la participación de los ciudadanos y no, la interpretación restrictiva que limita y empobrece los derechos fundamentales y los principios democráticos que sustentan nuestro orden jurídico.
Funcional y teleológicamente, la finalidad de la norma legal que reglamenta los debates –el artículo 70 del COFIPE, está orientada por los valores jurídicos de la Constitución y los tratados que ha ratificado el Estado Mexicano. Ello implica necesariamente promover los derechos fundamentales de las personas y la democracia a través de la garantía necesaria de las libertades de expresión, información y discusión de los asuntos públicos. Como bien lo establece el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, no puede haber elecciones democráticas sin libertad de expresión. En ese sentido, los debates entre candidatos presidenciales deben ser promovidos en cantidad y calidad, pues es más constitucional y convencional, escoger la interpretación amplia y maximizadora del primer párrafo del artículo 70 del COFIPE que la restrictiva.
Agrego para fundamentar mi petición adicionalmente a lo expuesto, que a partir de la reforma constitucional sobre derechos humanos publicada el 10 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación –principalmente el párrafo segundo del artículo 1 de la Carta Magna- y, con apoyo también, en la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictada en el expediente Varios 912/2010 (caso Rosendo Radilla Pacheco, su engrose fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de octubre de 2011) que delimitó el contenido del control de convencionalidad en nuestro país, admitió el control difuso de constitucionalidad y de convencionalidad y, reconoció que éste debía ejercerse de oficio ; que es obligatorio y no potestativo para ese Consejo General, interpretar el primer párrafo del artículo 70 de Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la luz de los principios pro homine y favor libertatis. Lo señalado entraña para el Instituto Federal Electoral, maximizar para los ciudadanos el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la información y, sus derechos políticos previstos en diversas disposiciones de la Constitución (artículos 1, 13, 6, 35, 39, 40 y 41, entre otros) y en los artículos 1,2,13, 23, 29 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, misma que es parte de nuestro ordenamiento jurídico, según lo dispone el artículo 133 de la Carta Magna.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el caso Rosendo Radilla, indicó tres niveles para el control de convencionalidad que son: 1. Los jueces del Poder Judicial de la Federación, al conocer de controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y de amparo, pueden declarar en los supuestos que determina el ordenamiento la invalidez de las normas que contravengan la Constitución y/o los tratados que reconozcan derechos humanos; 2. Los demás jueces del país, en los asuntos de su competencia, podrán desaplicar las normas que infrinjan la Constitución y/o tratados que reconozcan derechos humanos, sólo para efectos del caso concreto y sin hacer una declaración de invalidez de las disposiciones; y, 3. Las demás autoridades del país que no ejerzan funciones jurisdiccionales deben interpretar los derechos humanos de la manera que más los favorezca, sin que estén facultadas para declarar la invalidez de las normas o para desaplicarlas en casos concretos.
El control de convencionalidad no implica para el IFE optar por aplicar la normativa o jurisprudencia convencional y dejar de aplicar la nacional, sino que busca en principio, armonizar el ordenamiento jurídico interno con el convencional a través de una interpretación “convencional” de la norma nacional, una interpretación conforme, tal como lo ordena el párrafo segundo del artículo 1 de la Constitución, en donde se debe atender a lo previsto en la Constitución, los tratados, las leyes y demás ordenamientos, para lograr la mayor efectividad del derecho humano o libertad de que se trate, con los mayores alcances posibles en términos de los principio pro homine y favor libertatis . La obligación del control de convencionalidad para el IFE, no está sujeta a que las partes en un proceso o procedimiento lo soliciten, ese control debe ejercerse por las autoridades nacionales, con independencia de que las partes lo invoquen. Es un control no sólo difuso –a cargo de diversas autoridades- sino un control de oficio, en donde la autoridad electoral debe tener una participación proactiva aunque no haya instancia de parte, pues en este control prevalece el principio iura novit curia.
El Instituto Federal Electoral está obligado a promover y ampliar la garantía de los derechos a la información, a la libertad de expresión y, los derechos políticos, porque sus fines así lo señalan y, la democracia que debe tutelar no es concebible sin debates constantes y abiertos entre los candidatos, en donde la disidencia tenga pleno derecho a manifestarse. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que: “…la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también conditio sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes pueden influir sobre la colectividad, puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no esté bien informada no es plenamente libre.” El mismo principio lo indica el artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana de 11 de septiembre de 2001.
Los informes de los relatores de la ONU y la OEA en materia de libertad de expresión muestran su preocupación sobre nuestro país en cuanto a las deficiencias y limitaciones del debate democrático. Frank La Rue, Relator Especial para la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión de la ONU, en su informe sobre nuestro país de 19 de mayo de 2011, manifestó en relación con la libertad, pluralismo y la diversidad en el debate democrático de México, que las instituciones del Estado debían adoptar medidas urgentes para generar un espacio mediático plural y accesible a todos los sectores de la población. Por su parte, la Dra. Catalina Botero, Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, en su informe final hecho público el día 7 de marzo de 2011, de manera aún más pormenorizada se ocupa del estado deficiente de la libertad de expresión en México y, en las recomendaciones finales de su documento, pide al Estado mexicano realizar cambios institucionales para garantizar la salvaguarda de la libertad de expresión y del pluralismo democrático.
Las consideraciones y fundamentos jurídicos que he vertido en este escrito me llevan a la conclusión que la interpretación correcta del artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales es la que amplía y maximiza su realización. Por ello, atentamente pido al Consejo General lo siguiente:
Primero. Se realice una interpretación conforme, de carácter constitucional, convencional y legal, del artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Segundo. Se brinde respuesta a mi petición en breve tiempo para que el órgano electoral federal maximice los derechos fundamentales de los ciudadanos, los candidatos organicen adecuadamente sus agendas de campaña y, la autoridad comicial brinde condiciones de mayor equidad y certeza al proceso electoral.
Tercero. Se autorice la celebración de doce debates temáticos entre los candidatos presidenciales durante el período de campaña, uno por semana, sobre los asuntos que interesan a la ciudadanía. Nosotros proponemos que los primeros cuatro debates versen sobre los temas: 1) cuál es la propuesta de los candidatos presidenciales para enfrentar y resolver el problema del desempleo; 2) qué proponen los candidatos presidenciales para atender y resolver los problemas de inseguridad y violencia del país; 3) cómo proponen los candidatos presidenciales combatir la corrupción; y, 4) cuál es la propuesta de los candidatos presidenciales para abatir el rezago educativo de México. Asimismo los ocho temas restantes pueden surgir de las propuestas de los candidatos en materia de política económica, rescate al campo, petróleo y electricidad, ciencia y tecnología, infraestructura y comunicación, política fiscal, monopolios, democracia, legalidad, desarrollo urbano y vivienda, salud y seguridad social, indígenas, migrantes, jóvenes, mujeres, adultos mayores, derechos humanos, medio ambiente, deporte, cultura, política exterior, entre otros.
Cuarto. A fin de que exista tiempo del Estado para transmitir los debates entre los candidatos presidenciales, se suspendan para dichos candidatos, los spots de radio y televisión.
Atentamente
Andrés Manuel López Obrador
c.c.p. Josefina Vázquez Mota, Precandidata a la Presidencia de la República por el PAN
Santiago Creel Miranda, Precandidato a la Presidencia de la República por el PAN
Ernesto Cordero Arroyo, Precandidato a la Presidencia de la República por el PAN
Enrique Peña Nieto, Precandidato a la Presidencia de la República por la Alianza Compromiso
por México
Envía López Obrador una carta al IFE donde solicita organización y realización de 12 debates en la campaña
Envía López Obrador una carta al IFE donde solicita organización y realización de 12 debates en la campaña
Tuxpan, Jalisco
Miércoles 18 de enero de 2012
* Fundamenta su solicitud en los artículos 70 y 73 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe)
* La misiva fue dirigida al consejero presidente del IFE, Leonardo Valdés, y los consejeros electorales, así como a los precandidatos panistas Josefina Vázquez Mota, Santiago Creel Miranda y Ernesto Cordero y al priista Enrique Peña Nieto
Por carecer de restricciones constitucionales, convencionales y legales, Andrés Manuel López Obrador envió Consejo General del Instituto Federal Electoral una carta en donde solicita la organización y realización de doce debates temáticos entre los candidatos presidenciales durante el periodo de campaña.
En su carácter de precandidato de la coalición Movimiento Progresista fundamentó su solicitud en los artículos 70 y 73 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), 3, 6, 39, 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 2, 13, 23, 29 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La misiva fue dirigida al consejero presidente del órgano electoral, Leonardo Valdés, y los consejeros electorales, así como a los precandidatos panistas Josefina Vázquez Mota, Santiago Creel Miranda y Ernesto Cordero y al priista Enrique Peña Nieto.
Aclaró en su escrito, de 11 cuartillas, que el artículo 70 del Cofipe tiene dos interpretaciones en cuanto a sus alcances jurídicos: restrictivo o limitativo, a dos debates, y amplio para organizar un mayor número de encuentros entre los aspirantes presidenciales.
En consecuencia, pidió a los consejeros electorales optar por la interpretación correcta, tanto gramatical y sistemática, como funcionalmente, por la amplia, maximizadora y garantista de los derechos fundamentales.
Expuso sus razones, con base en el articulado del Cofipe: “Gramaticalmente, el párrafo 1 del artículo 70 del Cofipe, nunca señala limitativamente que sólo serán dos debates. La norma dice que el Instituto coordinará la realización de dos debates, pero no estatuye que sólo sean dos. Es más, la parte final del párrafo alude a que la realización de los debates será conforme a lo que determine el Consejo General”.
Subrayó que el párrafo segundo del mencionado artículo “comienza estableciendo que los debates serán realizados el día y hora que determine el Consejo General, escuchando previamente la opinión de los partidos y, en la segunda parte de ese párrafo, se indica para el supuesto de falta de acuerdo entre los partidos y la autoridad electoral, una temporalidad expresa”.
Sin embargo, dejó en claro, “jamás dichos párrafos incorporan expresiones limitativas como: “sólo dos debates”, “exclusivamente dos debates”, “no podrá haber más de dos debates”, etcétera. Gramaticalmente, lo que la norma da a entender es que al menos habrá dos debates”.
Y añadió: “Sistemáticamente, nuestra interpretación también está respaldada por múltiples disposiciones constitucionales, convencionales y legales”.
Luego señaló que la Constitución, en su artículo tercero, “define a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. El artículo 6 de la Constitución establece, entre otros, los principios y derechos fundamentales de: libertad de expresión, máxima publicidad y, la garantía estatal del derecho a la información de los ciudadanos.
A su vez, continuó, “el artículo 39 de la Constitución indica que la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo y que los poderes públicos dimanan del pueblo y se instituyen para beneficio de éste. El artículo 40 de la Constitución recoge el principio democrático como uno de los que constituye a la República. El artículo 41 de la Carta Magna dice que los partidos políticos tienen como fin básico promover la participación del pueblo en la vida democrática. El mismo artículo 41 constitucional confiere al IFE la facultad de determinar lo conducente para cubrir el tiempo faltante de radio y televisión para cumplir sus fines”.
Después manifestó que “convencionalmente, los artículos 13 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, garantizan y promueven la libertad de expresión, información y derechos políticos de los ciudadanos. Así, el primer párrafo del artículo 13 del citado instrumento internacional, indica que las libertades de expresión y pensamiento comprenden la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.
Por su parte, el artículo 23 de la citada Convención garantiza el derecho para que todos los ciudadanos participen en la dirección de los asuntos públicos y de votar en elecciones en donde se garantice la libertad de expresión. Los artículos 1, 2, 29 y 30 de la misma Convención establecen la obligación de los Estados parte de cumplir con los derechos fundamentales y de maximizarlos a favor siempre de las personas y de la libertad”, detalló.
Con base en los argumentos expuestos, López Obrador solicitó a los consejeros electorales: Primero. Se realice una interpretación conforme, de carácter constitucional, convencional y legal, del artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Como segundo punto pidió que “se brinde respuesta a mi petición en breve tiempo para que el órgano electoral federal maximice los derechos fundamentales de los ciudadanos, los candidatos organicen adecuadamente sus agendas de campaña y, la autoridad comicial brinde condiciones de mayor equidad y certeza al proceso electoral.
El tercer punto se refiere a un tema que ha abordado en entrevistas de prensa: Que se autorice la celebración de doce debates temáticos entre los candidatos presidenciales durante el período de campaña, uno por semana, sobre los asuntos que interesan a la ciudadanía.
“Nosotros proponemos que los primeros cuatro debates versen sobre los temas: 1) cuál es la propuesta de los candidatos presidenciales para enfrentar y resolver el problema del desempleo; 2) qué proponen los candidatos presidenciales para atender y resolver los problemas de inseguridad y violencia del país; 3) cómo proponen los candidatos presidenciales combatir la corrupción; y, 4) cuál es la propuesta de los candidatos presidenciales para abatir el rezago educativo de México”, abundó.
Asimismo dijo que “los ocho temas restantes pueden surgir de las propuestas de los candidatos en materia de política económica, rescate al campo, petróleo y electricidad, ciencia y tecnología, infraestructura y comunicación, política fiscal, monopolios, democracia, legalidad, desarrollo urbano y vivienda, salud y seguridad social, indígenas, migrantes, jóvenes, mujeres, adultos mayores, derechos humanos, medio ambiente, deporte, cultura, política exterior, entre otros”.
En el cuarto punto, el precandidato presidencial del PRD, PT y Movimiento Ciudadano expresó que “a fin de que exista tiempo del Estado para transmitir los debates entre los candidatos presidenciales, se suspendan para dichos candidatos, los spots de radio y televisión”.
Resumen de Noticias en el Tiraderodelbote 18-Enero-12 (Vespertino)
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Firma plan de crecimiento económico con representantes de la iniciativa privada
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Asegura que el país podrá crecer 6 por ciento mediante la eliminación de privilegios a altos funcionarios públicos
Prevé modernizar y limpiar de corrupción todo el sector energético
Al encuentro de Saltillo asistieron, entre otros, los empresarios Alejandro Gurza, Darío Martínez, Fernando Turner, Alfonso Romo y Armando Guadiana, quienes flanquean a Andrés Manuel López ObradorFoto Carlos Ramos Mamahua
Claudia Herrera y Leopoldo Ramos
Enviada y corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 18 de enero de 2012, p. 5
Saltillo, Coah., 17 de enero. Reunido con empresarios, Andrés Manuel López Obrador ofreció eliminar el impuesto empresarial a tasa única (IETU) y los privilegios fiscales, no incrementar o crear más gravámenes, ni endeudar al país, como parte de un convenio por el crecimiento económico.
En presencia del aspirante a la Presidencia de la República por los partidos de izquierda, Armando Guadiana Tijerina, empresario minero, aprovechó para anunciar su renuncia al Partido Revolucionario Institucional y respaldo al perredista. Denunció que no quiere formar parte de tradiciones corruptas que defiende el PRI de Enrique Peña Nieto y de los hermanos Moreira.
Al presentar la directrices de su plan que luego suscribió con un grupo de empresarios –más de 6 mil ya lo han firmado a lo largo del país, de acuerdo con información del equipo del precandidato– aseguró que se logrará el crecimiento de 6 por ciento con la eliminación de privilegios a altos funcionarios públicos para ahorrar 600 mil millones de pesos al año.
Cuando el político tabasqueño llegó al salón Villa Ferré, de esta ciudad, fue recibido en la puerta por los empresarios Fernando Turner –a quien invitó para que sea secretario de Economía–, el regiomontano Alfonso Romo, Mauricio Sada, Adolfo Helmont, Alejandro Gurza y Fernando Canales Stelzer.
Adentro lo aguardaban unas 300 personas –un buen número de ellas de los estados del norte–, entre las que se encontraban Isidro Ruiz Díaz, ex presidente de la Canacintra; María del Carmen Rodríguez, de la Canaco; el inversionista minero Sebastián Zertuche; Roberto Vázquez, de la Canacintra, y el constructor Alejandro Pepi de la Peña. Había empresarios de otros estados, como el chiapaneco Jaime Mantecón.
En esta visita, López Obrador estuvo acompañado por su esposa, Beatriz Gutiérrez Muller, con quien viajó desde la ciudad de México, y por su hijo José Ramón.
Después de que Turner presentó el proyecto económico, el abanderado perredista prometió modernizar y limpiar de corrupción al sector energético para crear empleos y reducir los precios de gasolina, diesel, gas y energía eléctrica en beneficio de consumidores y empresarios.
La meta, expuso, es sacar del estancamiento al país, generar un millón 200 mil empleos por año, respetar la autonomía del Banco de México y mantener equilibrios macroeconómicos.
Expuso que el presupuesto del gobierno federal es de 3 billones 700 mil millones de pesos, que es suficiente, y lo ahorrado se destinará al desarrollo y bienestar de la población.
No hace falta aumentar impuestos ni endeudar al país si hay un buen manejo del presupuesto público, expresó. Enfatizó que promoverá la libre competencia y dirá no a las prácticas monopólicas. Su proyecto incluye combatir la pobreza para evitar estallidos de odio.
En esta entidad, que padece altos niveles de violencia, López Obrador consideró que el próximo secretario de la Defensa deberá ser un militar y no un civil, como se propuso recientemente.
Se le preguntó si perdonaría la deuda de Coahuila y su respuesta fue que no habrá impunidad, pero tampoco se utilizará a la procuraduría para venganzas políticas.
Argumentó ante los empresarios que ha dado a conocer nombres de futuros integrantes de su gabinete, porque tiene libertad. No estoy atado a intereses de grupo ni intereses creados, dijo.
De hecho, en el salón se encontraba Javier Jiménez Espriú, a quien invitó a ser secretario de Comunicaciones y Transportes.
A su público, el precandidato le preguntó cómo calificaba a Turner después de que lo escucharon y el auditorio contestó con un bieeen.
Con una presentación en power point, Turner buscó demostrar que ni los gobiernos del PRI ni del PAN han logrado el crecimiento económico porque han aplicado la receta equivocada. Expresó que es necesaria una transformación de fondo que implique impulsar el mercado interno y salir de la revolución tecnocrática, y afirmó que López Obrador no administrará el desastre económico, sino promoverá grandes proyectos de infraestructura, como un aeropuerto internacional en Tizayuca.
Para convencer a la iniciativa privada que vote por López Obrador expuso: Como empresarios seríamos miopes o peor si no lo apoyamos. Pidió cambiar miedos y fantasías; no se dejen llevar por propaganda sucia, analicen y juzguen con inteligencia.
En conferencia de prensa posterior, el perredista anunció que este miércoles enviará una carta a los partidos políticos con la propuesta de sustituir los espots en radio y televisión por 12 debates.
Al final, algunos empresarios todavía lo siguieron a la entrada del salón. El tabasqueño se paró en el estribo de la camioneta para despedirse de los reporteros, a quienes antes les confió (fuera de grabadora) que evitaría la corrupción no incluyendo a Arturo Montiel ni a Elba Esther Gordillo en su gabinete presidencial.
Fuente: La jornada
Difusión AMLOTV
Los expedientes negros de García Luna
Los expedientes negros de García Luna
Durante diez meses, Reporte Indigo investigó algo fundamental que todos los mexicanos merecen saber: ¿hay alguna razón para confiar en los mandos de la SSP?
Por Anabel Hernández
Desde el inicio de su sexenio, el presidente Felipe Calderón ha tenido una fe ciega en el secretario de Seguridad Pública federal Genaro García Luna y su equipo.
Lo anterior pese a los malos resultados, los atropellos y actos ilícitos en los que han sido sorprendidos.
Calderón ha usado esta corporación policiaca para combatir el secuestro, la inseguridad y el narcotráfico, además de vigilar los comicios locales y federales. Pero hasta ahora no ha dado los resultados esperados.
A fines del año pasado, elementos de la SSP federal fueron enviados a Guerrero para controlar la movilización de estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, hecho en el que resultaron asesinados dos estudiantes y otros más fueron golpeados y torturados.
En este caso, que actualmente es analizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), se implica a la policía estatal de Guerrero y a la Policía Federal.
Desde el inicio de la administración calderonista, todo lo que toca la SSP se enturbia, se pudre. Es una dependencia que siempre ha estado implicada en hechos de escándalo y simulación.
Sus altos funcionarios han sido acusados de participar activamente en la delincuencia organizada. Las pruebas de los contubernios están en manos del gobierno de Estados Unidos según información recabada por Reporte Indigo.
Durante diez meses, Reporte Indigo se dio a la tarea de investigar algo fundamental que todos los ciudadanos merecen saber: ¿hay alguna razón para confiar en los mandos de la SSP?
Hoy se tiene la respuesta.
El gobierno de Calderón impuso la aplicación de exámenes de confianza (pruebas de polígrafo, toxicológicas, sicológicas, patrimoniales y médicas) para saber si un mando policiaco es o no confiable. Con base en eso, se determina si puede seguir en el cargo o debe ser despedido.
En los cinco años que ha estado al frente de la Secretaría de Seguridad Pública, Genaro García Luna sólo ha presentado una vez sus exámenes de control de confianza.
Esto viola el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad firmado el 21 de agosto de 2008 y creado debido a la crisis de inseguridad y corrupción prevaleciente en México. También infringe la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que obliga a una certificación permanente de los policías del país.
De acuerdo a las normas internas de la SSP vigentes desde 2006, el secretario García Luna debería ser destituido.
Irónicamente, la información sobre el único examen que ha presentado el secretario federal es tan oscura como su reputación.
Y los dos miembros más importantes de su equipo están en la misma circunstancia.
Luis Cárdenas Palomino, coordinador de Inteligencia para la Prevención del Delito, ha presentado una sola evaluación de control de confianza en cinco años. Esto representa una violación a la ley, y de acuerdo a las normas vigentes, también debería ser destituido.
En el caso del comisionado de la Policía Federal Facundo Rosas Rosas, se supone que se sometió a las evaluaciones en 2007, 2009 y 2010.
Pero la Policía Federal (PF) informará a la sociedad si estos mandos policiacos pasaron o no los exámenes hasta dentro de 12 años, cuando las violaciones a la ley hayan prescrito.
Los exámenes de Gerardo Garay Cadena, ex comisionado de la PF encarcelado en un penal de máxima seguridad, nunca serán revelados, dijo la PF.
Tampoco serán dados a conocer los del ex secretario particular de García Luna, Mario Velarde, sujeto a investigación por delincuencia organizada en 2009. Ni los del ex director del penal de máxima seguridad en Puente Grande, Francisco Gómez Meza, hoy preso acusado de tener vínculos con el narcotráfico.
La misma suerte correrán las evaluaciones de Edgar Enrique Bayardo, quien fue acusado de servir al Cártel de Sinaloa y resultó asesinado en diciembre de 2009.
Y gracias a los recursos de revisión interpuestos por Reporte Indigo, ahora se sabe que
Edgar Millán, acribillado en 2008, enterrado como héroe y acusado de trabajar para el crimen organizado, nunca presentó un examen de control de confianza mientras trabajó en la SSP como mando de la Policía Federal.
Éstos son los oscuros exámenes de confianza de Genaro García Luna y su equipo.
EL SHOW DE GARCÍA LUNA
El pasado miércoles 11 de enero, evadiendo el llamado a cuentas de la CNDH por el caso de la represión y homicidio de normalistas en Guerrero, el secretario de Seguridad Pública Genaro García Luna estuvo de gira en Washington, D.C.
Según su oficina de prensa, se reunió con funcionarios del gobierno de Barack Obama y presentó su libro “El Nuevo Modelo de Seguridad para México”.
García Luna llegó al Woodrow Wilson Center a bordo de la limusina del embajador Arturo Sarukhan y acompañado por un numeroso séquito.
En su presentación, describió un país que no existe, tal como lo hace en México.
Manipulando cifras oficiales a su conveniencia, afirmó que en México han disminuido el crimen y la violencia en los últimos cinco años. Pero lo desmiente la realidad cotidiana del aumento de ejecuciones, torturas y secuestros.
Uno de los asistentes al evento fue el empresario Eduardo García Valseca, quien vivió un secuestro atroz en 2007. Acudió para increpar al funcionario por su ineficiencia y corrupción en la investigación de su plagio y desenmascararlo ante la opinión pública.
Pero no le dieron la palabra, señaló el empresario en una entrevista realizada después del evento.
“Este tipo hablaba como si no estuviera hablando de México sino de Suiza. ¿Cómo se atreve a hablar de una mejor policía cuando van cuatro años de mi secuestro, es un caso que él personalmente atendió y no hay ni un solo detenido? Es un farsante, un corrupto”, dijo García Valseca a Reporte Indigo, que ha publicado artículos sobre su caso.
EU TIENE INFORMACIÓN CONTRA GARCÍA LUNA
Genaro García Luna montó en Estados Unidos el show de siempre.
Hace unas semanas, García Valseca tuvo un encuentro con altos funcionarios del Departamento de Estado de EU porque su esposa, Jayne Rager, es estadounidense y tiene relaciones en el Congreso de su país.
En esa reunión, le informaron que sería atendido como esposo de una ciudadana norteamericana. Y le revelaron que el gobierno de EU posee información documentada de los vínculos de García Luna y su equipo con la delincuencia organizada en México.
Desde hace cinco años, Reporte Indigo ha denunciado hechos de corrupción de la Secretaría de Seguridad Pública.
Sus altos funcionarios han sido acusados de participar en diversos tipos de ilícitos. Y no se trata de hechos aislados. La lista es larga y escandalosa.
A Lorena González, quien era comandante de la PF, se le imputa ser parte de la banda de secuestradores conocida como “La Flor” y haber participado en el plagio de Fernando Martí en 2008.
Ella trabajaba directamente con Facundo Rosas Rosas, pero este funcionario mintió al negar dicha relación laboral.
El comisionado de la PF Edgar Eusebio Millán, ejecutado en mayo de 2008, y a quien se le rindió un homenaje digno de un héroe, se le acusa directamente en averiguaciones
previas de trabajar para el Cártel de Sinaloa y con bandas de secuestradores como “La Flor”.
Otro comisionado, Gerardo Garay Cadena, fue acusado de proteger al Cártel de Sinaloa y de robar armas y dinero al bando contrario en un operativo realizado en una casa del Desierto de los Leones en octubre de 2008.
Ahora se sabe que gracias a su jefe Genaro García Luna, saldrá en libertad en unos meses.
Los mandos de la PF que son enviados para pacificar las ciudades más violentas de México, llevan el terror. Así ocurrió en 2010 en Ciudad Juárez.
Subalternos de esos mandos los acusaron de extorsionar a la población. Incluso demostraron que guardaban droga y armas en sus centros operativos para llevar a cabo esas extorsiones. No se hizo nada.
En septiembre de 2011, en Ciudad Juárez, un ciudadano presentó cargos formales contra 10 policías federales por ser víctima de golpes y extorsión. Y en noviembre pasado, fueron detenidos otros dos elementos acusados de secuestrar a una mujer.
En 2010, Francisco Javier Gómez Meza dejó de ser director del penal de máxima seguridad de Puente Grande, Jalisco, y pasó a ser huésped de una cárcel federal acusado de trabajar para el Cártel de Sinaloa.
Mario Velarde, ex secretario particular de García Luna en los seis años que estuvo al frente de la AFI y colaborador muy cercano en la SSP, fue acusado en 2008 de trabajar para el Cártel de Sinaloa. Logró que no lo detuvieran, pero renunció a su cargo casi inmediatamente.
La lista de escándalos de corrupción y abuso de autoridad es interminable. A ella se suman las acusaciones de abuso de autoridad y presunto homicidio contra estudiantes de la Escuela Normal de Ayotzinapa, en Guerrero.
La Procuraduría de Justicia de Guerrero denunció que los jóvenes normalistas fueron asesinados por agentes de la Policía Federal, pero el caso fue turnado a la Procuraduría General de la República (PGR), y la instancia responsable de allegar las pruebas y el parte informativo fue la propia Policía Federal.
Ahora se entiende por qué la SSP no ha dado resultados en cinco años pese a que ha crecido exponencialmente en cuanto a presupuesto y personal. Si los altos mandos no cumplen con la ley, ¿qué se puede esperar de los subalternos?
LOS EXÁMENES DE CONTROL DE CONFIANZA
Hasta ahora, los únicos instrumentos legales para evaluar la confiabilidad de un policía, desde un secretario de seguridad pública federal, estatal o municipal, hasta un elemento de calle, son los exámenes estipulados en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, así como en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El acuerdo fue firmado el 21 de agosto de 2008 en la Conferencia Nacional de Gobernadores. Uno de los firmantes de este documento es Genaro García Luna.
Existe un Centro Nacional de Certificación y Acreditación que forma parte del Sistema Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Su función es avalar los centros de certificación y acreditación de los estados, además de definir las políticas y criterios de evaluación.
Genaro García Luna y Felipe Calderón han pretendido crear una policía única para eliminar las corporaciones estatales y municipales. Su justificación es que los funcionarios de seguridad de los estados y los municipios no aplican las evaluaciones de control de confianza, o no los pasan.
El Centro Nacional de Control de Confianza es responsabilidad de la SSP federal de acuerdo al Programa Sectorial de Seguridad Pública 2007-2012.
La información oficial proporcionada a Reporte Indigo por el Secretariado Ejecutivo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública señala que a través de la Ley Federal de Transparencia, la evaluación de Control de Confianza comprende cinco fases: toxicología, psicología, poligrafía, investigación socioeconómica y médica.
La evaluación permanente del personal en activo se aplicará cada dos años, precisa el Secretariado. Los Centros de Control de Confianza de los estados son calificados por la SSP federal.
Se sabe que la SSP federal aplica exámenes de control de confianza a policías de todos los estados y municipios. Estas evaluaciones se llevan a cabo en sus instalaciones o son aplicadas por compañías privadas contratadas por la dependencia federal.
Al final, la SSP determina quiénes pasan.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública informó que en el caso de la SSP y la Policía Federal, “el personal de las Instituciones Federales son evaluados por sus propios Centros de Control de Confianza”. Y esas pruebas se deben aplicar por lo menos cada dos años.
La Dirección de Control de Confianza de la PF y sus métodos para aplicar exámenes y certificar que los funcionarios cumplen con el perfil, son avalados por la propia SSP federal.
En mayo de 2011, Reporte Indigo solicitó a la SSP copias de los exámenes de confianza aplicados de 2007 a 2011, así como los resultados de Genaro García Luna, Luis Cárdenas Palomino, Facundo Rosas Rosas, Francisco Javier Gómez Meza y/o Mesa, Víctor Gerardo Garay Cadena, Edgar Enrique Bayardo del Villar, Edgar Eusebio Millán Gómez y Mario Arturo Velarde Martínez, entre otros funcionarios.
La SSP respondió que la instancia responsable de esa información era la Policía Federal.
En mayo de 2011, Reporte Indigo también solicitó información al titular de la Unidad de Enlace de la Policía Federal. La respuesta fue que, con respecto a Cárdenas Palomino, Rosas Rosas, Gómez Meza, Velarde Martínez y Garay Cadena, no podía proporcionar la copia de los exámenes porque los documentos estaban clasificados por 12 años.
Y como la PF catalogó los resultados como “datos personales”, la Unidad de Enlace argumentó que no revelaría la información pese a que es de interés público para saber si esos policías estaban o están cumpliendo con la ley en el desempeño de sus funciones.
La PF sólo respondió que dichos funcionarios habían sido sometidos a evaluaciones en el periodo 2007-2011, pero no precisó cuántas ni en qué años.
Con respecto a Enrique Bayardo del Villar y Edgar Eusebio Millán Gómez, la PF afirmó que nunca daría a conocer los resultados porque ambos ya habían muerto, como si eso restara relevancia pública a los resultados, sobre todo considerando el alto nivel de los cargos que ocuparon. Bayardo se desempeñó como inspector de Operaciones de la PF y Millán fue comisionado de la misma corporación.
Como resultado de los recursos de revisión interpuestos por Reporte Indigo ante el IFAI, hoy se sabe que según la Policía Federal, Millán nunca presentó un examen de control de confianza cuando estuvo en la SSP ni cuando fue comisionado de la PF.
Millán fue enterrado como un héroe por García Luna y el presidente Calderón, pero en expedientes de la PGR y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, consta que se le vinculó con el crimen organizado.
Sobre García Luna, la PF respondió que según el acuerdo 12/2010 emitido por el propio García Luna, la Dirección de Control de Confianza de la PF haría las evaluaciones al personal activo de la SSP, “sin embargo, en el caso de las Unidades Administrativas dependientes del sector central de dicha Secretaría los resultados son informados a la instancia competente”.
Con base en ello, la PF señaló que los resultados debían ser solicitados a la Secretaría de Seguridad Pública federal, lo cual contradice lo que oficialmente y con imputación legal respondió la SSP a Reporte Indigo.
Pero la PF respondió falsamente. En el acuerdo 12/2010 no se señala que los resultados de los exámenes aplicados a funcionarios de alto nivel, como Genaro García Luna, deban ser entregados a la SSP y que la PF no tenga acceso a ellos.
Durante meses, la SSP y la PF, corporación que depende de esa secretaría, intentaron ocultar la información.
El titular de la SSP es juez y parte en las evaluaciones de todas las policías, tanto la federal, como las estatales y municipales. Y es el primero en incumplir la ley porque su institución miente.
Reporte Indigo presentó recursos de inconformidad ante el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI).
Y después de varios meses, obtuvimos parte de la información solicitada.
GENARO NO SE HA SOMETIDO A EXÁMENES DE CONFIANZA
Después de cinco años de ser la corporación de seguridad más cuestionada de México, la SSP apuesta a la opacidad, a no rendir cuentas para informar si sus elementos pasaron o no los exámenes de control de confianza.
Desde 2008 surgieron denuncias documentadas por parte del comisario Javier Herrera Valles, quien está en prisión a raíz de sus acusaciones contra García Luna y su equipo.
Según estas acusaciones, los altos funcionarios no aprobaban los exámenes de confianza aplicados por la oficina de la directora adjunta de Control de Confianza Gabriela Peláez Acero.
Aun así, el Comité de Reclutamiento, Selección e Ingreso de la PF determinó que cumplían con el “perfil requerido” o que eran “aptos para el cargo”. Esto representa una clara violación a la ley porque es requisito indispensable aprobar las pruebas para cumplir con el perfil de cada cargo.
El examen toxicológico es para saber si el servidor público evaluado consume drogas.
El psicológico sirve para determinar si tiene la capacidad emocional y psicológica que el cargo demanda.
El poligráfico es una prueba de detección de mentiras. La investigación socioeconómica es para verificar si el funcionario no se ha enriquecido inexplicablemente, y el examen físico para saber si tiene la salud y la condición física necesarias para cumplir con sus tareas.
Reporte Indigo ha investigado la evaluación patrimonial del secretario de Seguridad Pública, y sus bienes inmuebles no corresponden a su nivel salarial. Sobrepasan por mucho sus ingresos. Además, existen acusaciones en su contra por presunta protección a bandas de secuestradores y narcotraficantes.
A partir de esas investigaciones, García Luna no ha hecho públicas sus declaraciones patrimoniales en los últimos dos años, según información oficial de la Secretaría de la Función Pública (SFP). Aunque él ha dicho en el Congreso que sí ha cumplido con esta responsabilidad, la SFP lo desmiente.
Conocer los resultados de los exámenes de control de confianza del secretario federal de Seguridad Pública es de interés prioritario.
Luego de los recursos interpuestos por Reporte Indigo, la PF mandó el 25 de noviembre de 2011 una hoja de la Dirección General de Recursos Humanos en la que supuestamente se acredita que García Luna ha presentado algún examen de control de confianza.
El documento de la Dirección General de Control de Confianza aparece en negro con el pretexto de que es información confidencial, y fue hecho ex profeso para dar respuesta a Reporte Indigo, ya que no tiene relación con la documentación solicitada.
En la oscura hoja, se señala de manera casi ilegible que el documento fue clasificado por la PF como “reservado por 4 años” en julio de 2011, es decir, después de las solicitudes de información de Reporte Indigo.
En el documento se habla de un único proceso de control de confianza, no a los que debió someterse García Luna de 2007 a 2011, por lo menos tres. Es imposible saber a qué año corresponde la información, aunque por la fecha de clasificación, debe referirse a los exámenes de 2011.
Y en ninguna parte se aclara si se aplicaron los cinco exámenes a los que obliga el Sistema Nacional de Seguridad Pública: toxicología, psicología, poligrafía, investigación socioeconómica y evaluación médica.
Ése es el nivel de confianza que la sociedad puede tener en el secretario de Seguridad Pública federal: negro, oscuro, como las evaluaciones del propio funcionario.
Esta opaca conducta ha sido una constante desde que García Luna fue director general de la Agencia Federal de Investigación (AFI). Durante el sexenio pasado, se dedicó a presumir que la dependencia aplicaba exámenes de confianza a sus empleados y que la había transformado en una policía honesta. Pero él no lo era.
En marzo de 2011, el periódico La Jornada publicó que de acuerdo a una solicitud de información hecha a la PGR, en los seis años que García Luna fue titular de la AFI, no se sometió a ningún examen de control de confianza. Ni uno solo.
Todos los recursos y correos electrónicos enviados al IFAI como inconformidad por las respuestas evasivas, algunas con argumentos falsos, fueron armando un amplio expediente en el instituto. El caso fue asignado a la comisionada Sigrid Arzt Colunga.
En noviembre pasado, la comisionada exigió de manera terminante a la PF que respondiera con claridad si García Luna había presentado exámenes de confianza en los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, como lo pidió Reporte Indigo. También demandó evidencias documentales específicas de cada uno de esos exámenes, incluyendo el año en que fueron aplicados.
La PF no respondió. Se justificó con el mismo argumento del acuerdo 12/2010 a pesar de que éste no señala que las evaluaciones de las unidades administrativas del sector central y sus resultados son remitidos a la SSP federal y no a la PF.
El titular de la SSP incumple el artículo 13 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
De acuerdo al apartado VI.5.4 de la Circular 01 SSP, la cual fue emitida por la Oficialía Mayor en agosto de 2006 y está vigente en el marco normativo actual de la SSP, García Luna debe ser destituido, ya que para ingresar, reingresar y permanecer en la SSP federal, debió haber presentado al menos un examen de ingreso y evaluaciones periódicas.
CÁRDENAS PALOMINO TAMBIÉN LOS EVADIÓ
Luis Cárdenas Palomino está en una situación similar.
En la década de los 80, este funcionario confesó que fue testigo y cómplice de un triple homicidio.
En 2002, se vio involucrado en el secuestro y homicidio del joven Guillermo Vélez. Tres años más tarde, Florence Cassez, la ciudadana francesa acusada de secuestro que actualmente está presa, denunció que Cárdenas Palomino la había golpeado y amenazado.
En 2010, el narcotraficante Sergio Villarreal, alias “El Grande”, lo acusó directamente de trabajar para el Cártel de Sinaloa.
Después de los recursos de revisión interpuestos por Reporte Indigo ante el IFAI, la PF accedió a informar que Cárdenas Palomino sólo ha presentado una evaluación de control de confianza en cinco años, lo cual viola la ley.
El único documento que se entregó está en negro, igual que el historial de Cárdenas Palomino.
Sólo aparece su foto y una leyenda: “Cumple”. No señala si aprobó las cinco fases del examen.
Gracias a los recursos presentados por Reporte Indigo ante el IFAI, la PF informó que en 2007, 2009, 2010 y 2011, Cárdenas Palomino no se sujetó a los controles de confianza a los que estaba obligado por ley para permanecer en el cargo.
De acuerdo al apartado VI.5.4 de la Circular 01 SSP emitida por la Oficialía Mayor en agosto de 2006, debe ser destituido.
Para ingresar, reingresar y permanecer en la SSP federal debió haber presentado un examen de ingreso y evaluaciones periódicas, pero no lo hizo.
Además, Cardenas Palomino viola el Manual de Normas de Servicio Civil de Carrera de la Policía Federal Preventiva vigente desde julio de 2007, ya que este documento señala que es necesario presentar evaluaciones periódicas para permanecer en el cargo. El incumplimiento de esta norma es razón suficiente para destituir a un funcionario.
LOS EXÁMENES DE FACUNDO ROSAS
Con respecto a Facundo Rosas Rosas –ex jefe y amigo personal de la comandante Lorena González, acusada del secuestro del joven Fernando Martí en 2008–, es urgente conocer su nivel de confiabilidad.
Después de los recursos de revisión interpuestos por Reporte Indigo ante el IFAI, no fueron entregados los exámenes de confianza a los que por ley debió haberse sometido.
La PF sólo entregó tres hojas en negro. En una apenas se ve su rostro, pero la información fue tachada y negada a la sociedad.
En ninguna parte se señala que el comisionado de la policía más grande, con más recursos y facultades del país haya aprobado los exámenes. En un recuadro, sólo se lee “apto” o “cumple con el perfil”.
Pero de acuerdo a los exámenes aplicados a otros funcionarios que Reporte Indigo tiene en su poder, “apto” o “cumple con el perfil” no son sinónimos de “aprobado”. Es posible que las personas evaluadas hayan reprobado, como en los casos denunciados por Herrera Valles, y que al final, violando la ley, fueran calificados como aptos o que cumplían con el perfil.
La PF afirmó que los resultados de los exámenes de Cárdenas Palomino y Rosas Rosas estarán clasificados durante 12 años. Su argumento es que la información puede ser usada por los miembros de la delincuencia organizada.
El argumento de peso para ocultar los exámenes de confianza es que un artículo de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública señala que “los resultados de los procesos de evaluación y los expedientes que se formen con los mismos serán confidenciales”.
Pero la Ley de Transparencia fomenta la difusión de la información gubernamental para la rendición de cuentas claras. Además, en la práctica, el Sistema Nacional de Seguridad Pública no guarda celosamente ese tipo de información.
En ocasiones, para presionar a los jefes policiacos de algunos estados, se divulgan los resultados negativos.
Hace apenas unos días, se dio a conocer que más de 30 mil policías municipales, estatales
y federales fueron despedidos en los primeros cinco años del sexenio de Felipe Calderón.
Esto significa que cada mes fueron removidos poco más de 500 elementos por no aprobar los exámenes de control de confianza.
Cuando ocurrió el incidente contra los estudiantes normalistas en Guerrero, el gobierno federal filtró que el entonces procurador del estado, Alberto López Rosas, había reprobado los exámenes de control de confianza aplicados por el gobierno federal.
Por su parte, López Rosas denunció que elementos de la PF mataron a los dos normalistas.
Y hace unos días, el subprocurador de la Procuraduría General de Justicia del DF, Genaro Vázquez, se vio obligado a renunciar cuando se dio a conocer que no había pasado el examen de polígrafo aplicado por el gobierno federal.
¿Por qué no se aplican esos usos y costumbres a los altos funcionarios de la SSP federal?
Mientras no se transparenten los exámenes de confianza de los mandos de la SSP federal, la policía más cuestionada del país no será confiable.
Es tanto lo que tiene que ocultar la SSP federal, que sólo da acceso a expedientes tan negros como la reputación de sus funcionarios.
Con base en esta investigación, queda claro que el titular de la SSP debe ser destituido, al igual que Luis Cárdenas Palomino.
El 23 de noviembre pasado, el IFAI tomó una resolución histórica a favor de Reporte Indigo, que seguirá publicando los detalles de los incumplimientos en que han incurrido Genaro García Luna y su equipo.
Fuente: Reporte Indigo
Difusión: AMLOTV
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