jueves, 29 de septiembre de 2011

No se debe deslindar al PRI de la penalización del aborto en 17 estados, señaló Pérez Osorio


MARTÍN HERNÁNDEZ ALCÁNTARA

Ahora que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está discutiendo la despenalización del aborto no se debe olvidar que la promulgación de normas que en 17 estados castigan a las mujeres que interrumpen sus embarazos no fueron sólo promovidas por el Partido Acción Nacional (PAN), sino también por el Revolucionario Institucional (PRI), aseveró la feminista Catalina Pérez.

La antropóloga concedió ayer por la tarde a esta casa editorial una entrevista a propósito del tema que se debate en el principal tribunal del país. Recordó que en la mayoría de las entidades federativas en las que se penalizó el aborto se encontraban en el poder gobiernos emanados del tricolor.

Ahora, súbitamente y en la perspectiva de la elección constitucional del año entrante, los priistas han cambiado su posición y se intentan mostrar como defensores de los derechos de las mujeres, pero en realidad las féminas les importan sólo como botín político, apuntó la también activista.

“No hay que olvidar que fueron el PRI y el PAN los que aprobaron la penalización del aborto, pero ahora el PRI quiere deslindarse. Es en verdad desagradable esta posición que está asumiendo este partido, que es tan de derecha como el PAN, porque sólo ven en la mujer a un botín político, no les importa nada sus derechos humanos y su derecho a decidir sobre su cuerpo”, expresó.

Pérez Osorio también condenó la postura asumida por el presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa, quien recientemente elevó a rango constitucional los derechos humanos, pero en esta discusión se ha pronunciado abiertamente por limitar las garantías de decidir de las mujeres en lo que es, a todas luces, una franca contradicción.

Agregó que la penalización de la interrupción del embarazo coloca a las mujeres mexicanas “a la altura de cualquier delincuente, de cualquier criminal como un narcotraficante, mientras que la despenalización respeta el derecho de la mujer a decidir”.

A pregunta expresa, Pérez Osorio consideró que si la SCJN decide hoy echar abajo la penalización del aborto en Baja California y San Luis Potosí es muy posible que en las otras 15 entidades donde sí hay castigo a la interrupción del embarazo ocurra lo mismo.

La discusión en la SCJN sobre la reforma constitucional que protege el derecho a la vida desde la concepción se polarizó; hasta el momento, cinco ministros se han pronunciado por la invalidez del artículo séptimo, párrafo primero de la constitución de Baja California, mientras que tres hablaron a favor de la norma, según reportó ayer La Jornada en línea.

Faltan tres ministros del pleno por fijar su postura sobre la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma constitucional en esa entidad y sólo se requiere que uno de éstos apoye el artículo impugnado para que éste continúe vigente.

Este martes, con diferentes matices y perspectivas, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Sergio Valls, se sumaron a la postura del ministro ponente Fernando Franco y Luis María Aguilar por la inconstitucionalidad del artículo que protege la vida de forma absoluta, desde la concepción.

Mientras que Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Margarita Luna Ramos apoyaron la postura de Sergio Aguirre el pasado lunes, “en defensa de la vida” y por ende, por la validez de la reforma en Baja California.

Olga Sánchez Cordero destacó por su parte, que si bien, los estados de la República pueden ampliar los derechos fundamentales, no pueden restringirlos , como es el caso de los derechos inherentes a la mujer y de su salud reproductiva, tesis que la antropóloga Catalina Pérez dijo compartir.

Sánchez Cordero agregó que de mantenerse la vigencia del artículo séptimo de Baja California quedarían sin efecto derechos como el de la voluntad de muerte anticipada –como lo reconoce la Ley General de Salud, además de que provocará una “profunda incertidumbre” a las mujeres que recurren a métodos anticonceptivos, “porque habrá ocasiones en el que el DIU y la anticoncepción de emergencia inhiban la fecundación y habrá otras en que sean inhibitorias de la implantación, y en consecuencia pudiera considerarse que privan la vida de otro”.

De manera que una mujer que decide ponerse el DIU o utilizar la anticoncepción de emergencia “no sabrá en qué casos está ejerciendo un derecho al utilizar un método anticonceptivo y en qué otros estará cometiendo un delito privado de la vida a otra persona”. La sesión continuará hoy.

Fuente: La Jornada de Oriente

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