jueves, 20 de junio de 2013

Pue/Méx. ELMO GUZMÁN FUE ABSUELTO: UN CASO MÁS DE CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL


Ciudadano perseguido injustamente por las autoridades al exigir rendición de cuentas a Presidente Auxiliar Municipal de Ixtepec.

La causa penal que se inició en contra de Elmo Guzmán Vázquez por el delito de “daño en propiedad ajena por incendio”, registrado con el número de proceso 154/2009, radicado en el Juzgado del Distrito Judicial de Zacatlán, Puebla, resulta un caso ejemplificativo de corrupción, abuso de poder, omisión jurídica e inoperancia del sistema de procuración y administración de justicia. Este caso ilustra la venganza política y las graves violaciones a derechos humanos, ya que desde la integración de la averiguación previa que inició el Ministerio Público de Huehuetla, quedaron evidenciadas las deficiencias de las pruebas, manipulación de las declaraciones, la falta de cientificidad y claridad en los peritajes.

La maquinación del delito de daño en propiedad ajena por incendio, tuvo la finalidad de señalar a tres personas como probables responsables, entre ellos a Elmo Guzmán Vázquez. El presumible contubernio entre las autoridades pretendió intimidar a la ciudadanía que logró participar en el proceso de denuncia por desvío de fondos y la consecuente destitución del Presidente Auxiliar de San Martín Ixtepec, el señor Filiberto Gómez Guzmán, quien junto con su esposa Olga García Pérez, son los supuestos agraviados en el proceso citado.

Elmo Guzmán Vázquez solicitó apoyo al Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría S.J de Universidad Iberoamericana – Puebla, Institución que lo canalizó al Centro de Derechos Humanos “Joel Arriaga Navarro”. Este centro de derechos humanos en coordinación con la Red de Defensa de los Derechos Humanos de Puebla asumieron el caso y la defensa de Elmo Guzmán.

Dentro de las inconsistencias del proceso penal, destacan las siguientes:

Las declaraciones de los agraviados y del menor (hijo de los testigos), resultan completamente iguales, conservando incluso, errores ortográficos y de redacción.

Los peritajes fueron elaborados sin rigurosidad científica y técnica, lo cual quedó evidenciado cuando la Segunda Sala Penal de Puebla, resolvió la Apelación en contra del auto de formal prisión, en el sentido de reclasificación del delito, ya que el peritaje en incendios resulto deficiente para acreditar la responsabilidad de Elmo Guzmán.

Es decir, el que fuera un delito grave implicaba que Elmo Guzmán siguiera su defensa en la cárcel, sin embargo la reclasificación permitió que siguiera el juicio en libertad.

El único señalamiento directo hacia Elmo Guzmán era el del menor Filiberto Gómez García, quien fue requerido en diferentes ocasiones por la defensa a declarar ante el Juez, sin embargo, nunca se presentó.

Por otro lado, en autos constan las declaraciones de los señores María Flora García Pérez y Abraham Lucas Guzmán quienes señalan que, la noche de los hechos los supuestos agraviados llevaron a sus hijos a la casa de los testigos, ya que estos son tíos de los menores, para que los cuidaran; y en ese momento les contaron cuales eran sus planes. En esta declaración, también señalan a los cómplices de los supuestos agraviados siendo estos los señores: Nicasio Guzmán Gómez y Artemio Gómez Guzmán.

Incluso existe una denuncia en contra de Nicasio Guzmán Gómez, interpuesta por Indalecio Guzmán Vázquez, ante el Ministerio Público de Huehuetla, Puebla, con número de registro 25/2011/H, hermano de Elmo Guzmán, ya que esta persona lo amenazó de muerte si Elmo Guzmán continuaba con su defensa. Sin embargo dicha denuncia fue archivada, no obstante que se presentaron pruebas suficientes para acreditar el hecho.

Esta no fue la única ocasión en que la Elmo Guzmán y su familia fueron amedrentados.

El día 25 de junio de 2012, Elmo Guzmán sufrió un atentado de muerte, ya que el señor Ramón JuárezJuárez le disparó, sin atinar, cuando se encontraba con su hermano Alfredo Guzmán Vázquez y su cuñado Francisco Hernández, rumbo al rancho Kakxunin para ayudar a su padre en el campo con la limpieza de una siembra de jícama.

Elmo se comunicó con su esposa y le pidió que denunciara los hechos en el pueblo, para que les dieran auxilio. Llegaron los policías auxiliares y detuvieron al responsable de los disparos y encontraron el arma escondida entre la maleza; en ese momento pasaba el Regidor de Gobernación del pueblo de San Martín el señor Rafael Guzmán Lobato, a quien le hicieron saber lo acontecido y le mostraron el arma.

Los policías Auxiliares presentaron al atacante, el señor Ramón Juárez, ante el Presidente Auxiliar de San Martín, quien lo puso a disposición de la Policía Municipal de Ixtepec. Al ser un delito grave el Juez de Paz no recibió la declaración y los envió con el Ministerio Público de Huehuetla. Sin embargo, en la agencia se negaban a tomar la declaración, alegando que no se encontraba la Titular y que tendrían que ir a Zacatlán. No hubo respuesta hasta que intervino la REDDH y el Centro Joel Arriaga pues sólo de esta forma se tomó la denuncia de Elmo Guzmán, registrándose con el número de Averiguación Previa 64/2012 H. No obstante se dejó en libertad al señor Ramón Juárez, sin que hubiera fianza de por medio. A lo cual alegó el Ministerio Público que la Policía Municipal nunca puso a disposición al detenido. Hasta el momento no ha habido avances en la investigación, poniendo en riesgo la vida de Elmo y la seguridad de su familia por la mala intervención del Ministerio Público, ya que a pesar de que Elmo labora en el Distrito Federal su familia reside en la Comunidad de Ixtepec y es constantemente agredida por el señor Filiberto Gómez Guzmán y la señora Olga García Pérez .

Actualmente se sigue la Queja número 6670/2012 ante la Comisión de Derechos Humanos de Puebla por el actuar omiso y negligente de las autoridades ante el intento de homicidio de Elmo Guzmán Vázquez, el día 25 de junio del año pasado. Como es predecible en estos casos, las autoridades niegan los hechos, sin embargo, consta en el oficio signado por el Regidor de Obras Públicas de San Martín Ixtepec, dirigido a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la relatoría de los hechos ocurridos y de los cuales él fue testigo; así como los testimonios de quienes estuvieron presentes.

La sentencia en primera instancia del proceso contra Elmo Guzmán Vázquez resultó absolutoria, ya que el Juez determinó que en autos no se demostró la existencia de los elementos del tipo penal de daño en propiedad ajena por incendio.

No obstante, esta fue incorrectamente apelada por el Ministerio Público adscrito al Juzgado de Zacatlán, sin ningún fundamento ni justificación jurídica, lo que resulta un abuso de autoridad y en consecuencia afecta la libertad de Elmo debido a que al estar sometido a juicio tiene que continuar firmando en Zacatlán a pesar de haber sido declarado inocente. Hasta el momento estamos en espera de la resolución del Tribunal de Alzada.

Por lo anteriormente expuesto exigimos:

La absolución total de Elmo Guzmán Vázquez.
El actuar oportuno y eficiente de la autoridad para la integración de las denuncias interpuestas por Elmo y su familia. Garantizar la integridad de Elmo y su familia, señalando como responsables de lo que pudiera ocurrirle a las autoridades que han estado interviniendo en los diferentos momentos y situaciones La reparación del daño moral a Elmo Guzmán Vázquez, que le ha causado detrimento patrimonial y de salud a causa de ser juzgado por un delito que no cometió.

Atentamente

Centro de Derechos Humanos “Joel Arriaga Navarro”
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Dignidad, Justicia, Libertad
Red de Defensa de los Derechos Humanos
REDDH

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