sábado, 21 de febrero de 2009

Para los panistas, la Constitución es menos que papel higiénico


ALFREDO PADILLA PENILLA
(Exclusivo para Voces del Periodista)

Después de siglo y medio en que Juárez dictó las Leyes de Reforma (12 de julio de 1859) para separar la Iglesia del Estado, el clero volvió por su fueros para hacer cisco el Estado laico a través del panista pelele Felipe Calderón, usurpador de la presidencia.

Arropado en los pañales clericales Calderón pronunció un sermón impregnado de catolicismo dentro de investidura presidencial en enero pasado el VI Encuentro Mundial de las Familias organizado por el Vaticano, lo cual contradice y viola flagrantemente el artículo 130 de nuestra Constitución, que a la letra expresa lo siguiente: “El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las Iglesias y las demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley”. Desde luego es precepto estipula, para garantizar la vigencia del Estado Laico, principios por los cuales deben regirse tanto las asociaciones religiosas como el poder público, que Calderón ha violado.

El apartado a) del citado preceptúa que la ley regulará las asociaciones religiosas debidamente registradas y determinará las condiciones y requisitos para el registro constitutivo de las mismas”.

En el inciso d) del mismo artículo 130 se precisa: “En los términos de la ley reglamentaria, de los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos. Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados”.

En otros incisos se agrega que los ministros (religiosos) “no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o sus instituciones, ni agraviar de cualquier forma los símbolos patrios.”Queda estrictamente prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa. No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político”.

Por último, el artículo 130 preceptúa: “Las autoridades federales, de los estados y de los municipios tendrán en esta materia las facultades y responsabilidades que determine la ley”.

Como es de observarse, la Constitución, como supremo ordenamiento jurídico de la República Mexicana es precisa y no deja lugar a dudas a cerca de la tajante separación en la iglesia y el Estado.

El Benemérito de la Américas Benito Juárez, miembro del Partido Liberal, estableció el principio fundamental del laicismo, dentro de las leyes de Reforma, a partir del 12 de julio de 1859, en Veracruz, durante la Guerra de Tres Años contra el Partido Conservador (que en ese entonces era el antecedente del Partido Acción Nacional que surgió a la vida pública en nuestro país en 1939.)

El panista Feli-pillo, sucesor del lengua larga y católico simulador Vicente Fox, quebranta el principio constitucional que permitió darle estabilidad al Estado y a la Nación Mexicana, dado que el clero siempre se entrometió, a partir de la etapa colonial, en asuntos no solamente políticos sino económicos, educativos, sociales, reinando sobre un estado oscurantista y de ignominia contra el pueblo mexicano integrado en su mayoría por mestizos e indios.

Al respecto, recordemos el ominoso discurso del virrey La Croix, en el siglo XVIII, que citamos a continuación, palabras más, palabras menos, el cual resonó como maldición entre indios y mestizos: a todos los habitantes de la Nueva España, sabed que de aquí para lo venidero, habéis nacido para escuchar y obedecer y no para discutir en los altos designios de la Nación.

Tal actitud fue similar a la del opresivo clero, que ahora pretende revivir el Aprendiz de Brujo Feli-pillo al ejercer, en un acto oficial el culto público como católico y no como jefe de Estado, sujeto a los mandatos constitucionales. Calderón puede ejercer, como persona, la religión que quiera, conforme al artículo 24 de la Carta Magna. Pero no involucrar su investidura presidencial con el catolicismo.

¿Qué hacer al respecto? . A Calderón difícilmente se le podría aplicar el Capitulo constitucional: “De las Responsabilidades de los Servicios Públicos y patrimonial del Estado”, comprendido dentro de los artículos 108 al 114, puesto que el precepto 108, párrafo II precisa: “El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común”.

Pero en cambio la sociedad mexicana sí se puede movilizar ampliamente para hacer realidad el artículo 39 de nuestra Carta Magna: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.

Este es el momento de hacer valer la Soberanía Popular y arrojar al espurio Feli-pillo del poder. ¿Qué esperamos?.

Para estar mejor informado visita Resiste Acapulco

No hay comentarios: