jueves, 23 de diciembre de 2010

México: Violaciones a los derechos humanos deben ser investigadas por autoridades civiles

La Corte Interamericana de Derechos Humanos volvió a exigir ayer que las autoridades mexicanas eliminen la jurisdicción militar para casos de violaciones a los derechos humanos. El organismo reiteró su pedido al pronunciar su sentencia en el caso de los ecologistas Teodoro

Cabrera García y Rodolfo Montiel Flores, quienes fueron detenidos arbitrariamente y sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes por miembros del Ejército en 1999. Las autoridades están obligadas, asimismo, a investigar las alegaciones de tortura y otros abusos, a hacer justicia y a reparar el daño ocasionado a las víctimas.

Esta es la quinta sentencia condenatoria contra el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana en los últimos 12 meses. Sin embargo, las autoridades han implementado muy pocas de las obligaciones establecidas en las sentencias anteriores.

Cuatro de las cinco sentencias se refieren a violaciones a los derechos humanos cometidas por miembros del Ejército. En las cuatro sentencias la Corte reitera la obligación del Estado mexicano de eliminar la jurisdicción militar para este tipo de delitos. Según lo expresado por la Corte, la propuesta de reforma presentada recientemente por el Presidente Calderón no cumple con esta obligación y por lo tanto recae en el Congreso la responsabilidad de revisar esta propuesta y convertirla en ley.

Amnistía Internacional espera que las autoridades cumplan de manera expedita con todas las obligaciones contenidas en esta sentencia y en las sentencias anteriores.

Antecedentes

El 2 de mayo de 1999 soldados del Ejército Mexicano detuvieron a los campesinos Teodoro Cabrera y Rodolfo Montiel en la comunidad de Pizotla, Municipio de Ajuchitlán del Progreso, Estado de Guerrero. Ambos campesinos eran activistas que denunciaban la tala de árboles y defendían los bosques de la región. Teodoro Cabrera y Rodolfo Montiel permanecieron bajo custodia militar durante dos días antes de ser presentados ante un juez local. Posteriormente fueron condenados por portación de armas prohibidas y cultivo de amapola y marihuana.

Amnistía Internacional adoptó a ambos ecologistas como presos de conciencia en 2000.

Posteriormente sus sentencias fueron conmutadas por prisión domiciliaria debido a razones de salud.

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