MIGUEL ÁNGEL GRANADOS CHAPA
Excepto Alfredo Figueroa, cuya militancia en el movimiento cívico en favor de procesos electorales creíbles y legítimos le permite tener conciencia de la verdadera naturaleza del Instituto Federal Electoral, el resto de los consejeros, siete de ellos, pidieron al presidente Leonardo Valdés un incremento en sus ya voluminosas percepciones. Siguieron para hacerlo un camino sinuoso, que hubiera pasado inadvertido ante la opinión pública porque se consumó a través de un trámite en apariencia meramente burocrático. Conforme a la legislación presupuestal vigente, a más tardar el 28 de febrero era preciso publicar el Manual de percepciones para los funcionarios públicos al servicio del IFE. De modo que la Junta General Ejecutiva, órgano paralelo al Consejo General, se reunió el Día de la Bandera, el martes 24 de febrero y aprobó dicho Manual, en cuyo quinto considerando se estableció que "el consejero presidente y los consejeros electorales recibirán la retribución en los términos que establece el cuarto párrafo, base V, del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".
En el texto citado se lee que los miembros del Consejo General del IFE reciban emolumentos iguales a los fijados para los ministros de la Suprema Corte. La disposición data de 1996, cuando se erigió el IFE en órgano constitucional autónomo en abono de cuya prestancia los legisladores equipararon las funciones de sus consejeros con las de impartición de justicia. Sólo en función de ese propósito se comprende la desmesura de comparar la tarea del tribunal constitucional con la del órgano que administra las elecciones. Aunque no sea siempre así, llegar a la cúspide de la Judicatura implica haber realizado una carrera judicial, que incluye el paso por una secretaría (de juzgado, de sala o de tribunal), un juzgado federal, la magistratura de circuito. No es necesario que los consejeros electorales hayan tenido una trayectoria formal de esa dimensión, si bien la ley obliga a nombrar sólo a quienes tengan experiencia en la materia electoral.
El Consejo General del IFE que actuó de 1996 a 2003 no se consideró obligado a recibir remuneraciones conforme a la letra constitucional, sino que las situó por debajo y esa infracción, ese desacato que no constituía una falta a sus deberes de aplicar la legalidad en su desempeño, se prolongó hasta el comienzo de este año. Algunos consejeros de hoy, los más, casi todos, acaso pensaron que la crisis que ya nos envuelve sería más llevadera si se aplicara en sus términos la Constitución, de suerte que en vez de ganar 172 mil pesos mensuales recibieran lo que los 11 miembros del pleno de la Corte: 330 mil pesos. Por eso, con fingida inocencia que ocultaba los alcances de la medida, simplemente se recordó que tal debía ser el monto de sus retribuciones.
La decisión causó escándalo, al menos por tres razones. Primero, una de carácter general, que es la inconformidad de una amplia porción de la sociedad sobre los excesos en las retribuciones y gastos del personal público de alto nivel. No hay proporción entre los ingresos del promedio de las personas que viven de su trabajo y lo que recibe la élite de los poderes (federal y estatales, y aun municipales en muchos casos) y de los órganos constitucionales autónomos. Además de altísimos sueldos y salarios, dietas y honorarios, otras prestaciones, en exceso onerosas para los contribuyentes que se truenan los dedos para cumplir sus pagos fiscales, confieren a esa porción de funcionarios en una casta privilegiada ajena a las preocupaciones generales. En segundo lugar, la expectativa de una crisis, y la crisis misma ya vivida, que significa disminución o pérdida del poder adquisitivo, así como las exiguas alzas salariales conseguidas por negociación o disposición de los empleadores, generaron un fuerte contraste con la liberalidad con que los consejeros se incrementaron sus percepciones.
En tercer lugar, el aumento salarial ocurrió en un clima de opinión adverso a los consejeros electorales, a su institución. Varios traspiés en su debut como administradores del tiempo del Estado culminaron el 13 de febrero en una abdicación vergonzante de su papel de autoridad. Dejaron que Televisa y Televisión Azteca infringieran la ley y malquistaran al IFE con el sector del público deseoso de entretenimiento y no de mensajes electorales transmitidos en groseras interrupciones de espectáculos muy favorecidos por la afición. Y se rindieron ante el poder de las televisoras firmando unas insensatas bases de colaboración que servirían como pretexto para dejar sin sancionar conductas ilegales adoptadas de mala fe, de modo concertado, como lo narró sin ambages ni rubores Ricardo Salinas Pliego a estudiantes regiomontanos. Por las dos primeras razones hubiera resultado chocante el nuevo salario de los consejeros. Su pésimo desempeño, que significó pérdida de prestancia institucional y de autoridad frente a los sujetos regulados, acrecentó la descalificación pública de la torpeza en materia de salarios.
Frente a la reacción adversa, los consejeros dieron marcha atrás. Lo hicieron de modo reticente, dejando abierta la posibilidad de que el incremento a que provisionalmente renunciaban recobrara vigencia. Por ello declararon que "no caben reconsideraciones sobre (la) validez legal" del Manual de percepciones. Reconocieron, sin embargo, que "nuestro país no es ajeno a los estragos de una profunda crisis económica y financiera a nivel mundial; por ello, no podemos ser insensibles ante la realidad que afecta a los propios trabajadores del Instituto. Es por ello que los nueve consejeros electorales hemos decidido no aceptar el incremento salarial que implica el acuerdo tomado".
No llegaron espontáneamente a esa conclusión. Fue renuente en particular Marco Antonio Gómez Alcántar, que encarna la visión del servicio público como chamba o como negocio. Abogado por la Universidad Anáhuac, adquirió experiencia legal en la estructura fuertemente jerarquizada de despachos extranjeros como Andersen y Baker & McKenzie. Se entrenó en la práctica del derecho corporativo y fiscal, pero ni por asomo (no era ese el espacio para ello) en el derecho electoral. Eso no obstante, y a pesar de que la ley es clara al establecer como requisito para integrar la autoridad electoral contar con experiencia en esa materia, la rebatiña en medio de la cual se formó el Consejo General en octubre de 2003, lo llevó en alas del Partido Verde a ocupar una plaza cuyos gajes paladea: el 16 de abril de 2005 recibió 156 mil pesos, el monto de la dote matrimonial, equivalente a un mes de salario.
Alegaba en defensa de su incremento la importancia de la función que desempeña y su calificación para ejercerla. De la primera nadie duda, pero no se vio que el propio Gómez Alcántar la reconociera al trocar su posición adoptada antes del 13 de febrero por la que expresó ese día y contribuyó al sobreseimiento del procedimiento sancionador que ahorró al duopolio unos millones de pesos y costó al IFE buena parte de su prestigio. l
domingo, 1 de marzo de 2009
IFE: el servicio público como chamba o negocio
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario