sábado, 9 de mayo de 2009

Senado posterga analizar inicativas de Calderón

Senado posterga analizar inicativas de Calderón

La consulta con académicos de universidades, organizaciones sociales y expertos sobre las reformas propuestas por el Presidente de México, será hasta después del 5 de julio


JORGE RAMOS 
EL UNIVERSAL 
CIUDAD DE MÉXICO SÁBADO 09 DE MAYO DE 2009 
13:26
La consulta con académicos de universidades, organizaciones sociales y expertos sobre las reformas legales propuestas por el presidente Felipe Calderón para blindar la actuación del Ejército en el combate al crimen organizado, se organizará hasta después de las elecciones federales del próximo 5 de julio, informaron fuentes del Senado de la República.

"Se podría contaminar el debate con el proceso electoral", dijo un senador involucrado en la organización de los foros en los que pretenden desmenuzar el paquete de iniciativas a diversas leyes, que pretenden fortalecer también al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen).

De antemano, PRD, PRI y PAN en el Senado advirtieron a Calderón que las iniciativas serían dictaminadas hasta septiembre, en el nuevo periodo ordinario de sesiones.

No se va a legislar "fast track", admitió el presidente del Senado, el panista Gustavo Madero Muñoz, mientras que los líderes parlamentarios del PRI y del PRD, Manlio Fabio Beltrones y Carlos Navarrete, respectivamente, sostuvieron la necesidad de consultar expertos y académicos para un tema tan delicado.

Calderón propuso castigar hasta con 60 años de prisión al militar que se coluda con el crimen organizado.

También plantea crear un tipo penal para castigar a delincuentes quienes atenten contra servidores públicos encargados de la seguridad y contra "levantones" de candidatos a puestos de elección popular, funcionarios partidistas y sus familiares hasta segundo grado, según prevé en los artículos 189 bis y 403 bis del Código Penal Federal, con penas de 10 a 20 años de cárcel y dos mil días de multa.

Usar juguetes como armas reales será considerado delito grave con penas de hasta 20 años de prisión, lo mismo que la venta de protección.

Incorpora en el artículo 69 de la Ley de Seguridad Nacional los conceptos de "sublevación o el trastorno interior en una entidad federativa", como causales para la emisión de una Declaratoria de riesgo a la seguridad interna, que sólo podrá emitir el Presidente de la República.

Además, "recoge la preocupación fundamental de la salvaguarda de las garantías individuales"; sin embargo, se dota de "blindaje" al abrir la participación de organismos de derechos humanos e incluso de actores de la sociedad para determinar Declaratorias.

La FAP podrá "obtener, recolectar, clasificar, registrar, analizar, evaluar, procesar, explotar y almacenar" información sobre hechos motivo de la Declaratoria.

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