viernes, 15 de enero de 2010




Amparo frena extradición de Mario Villanueva
La redacción


MEXICO, DF, 14 de enero (apro).- El exgobernador de Quintana Roo, Mario Villanueva Madrid, consiguió frenar su extradición a Estados Unidos, gracias a que un tribunal federal le concedió un amparo.
El Tercer Tribunal Colegiado Penal del Estado de México determinó que Villanueva es penalmente responsable de narcotráfico y dos cargos de lavado de dinero, por su presunta relación con el Cártel de Juárez, pero resolvió que la condena de 32 años 3 meses de prisión que le fue dictada sea cancelada y se le dicte una nueva.
De acuerdo con el Colegiado, el Segundo Tribunal Unitario deberá dejar insubsistente la sentencia reclamada y en su lugar emitir otra que reitere lo relacionado con el delito de narcotráfico "en la modalidad de colaboración" y agravado por haber sido cometido por un servidor público.
El Consejo de la Judicatura explicó que el amparo no evita la extradición, sino que sólo condiciona a que concluyan en México los demás procesos penales, y una vez que se terminen se debe resolver el proceso de extradición.
El único beneficio relativo que le otorgó a Villanueva el Colegiado, añadió, es que en la nueva sentencia a dictarse, el Tribunal Unitario, con plenitud de jurisdicción, en forma motivada y congruente, procederá a realizar una nueva individualización de las penas correspondientes.
Ello quiere decir que volverá a estudiarse cuánto debe imponerse de condena al exmandatario quintanarroense por cada delito del que fue hallado responsable y donde las penas probablemente sean menores a las que hoy fueron revocadas.
Además, el Tribunal Unitario deberá realizar un estudio correspondiente al decomiso decretado respecto de las cuentas bancarias relacionadas con el juicio y hacer el cómputo a que se refiere el artículo 20, apartado A, fracción X, tercer párrafo de la Constitución.
El órgano colegiado convalidó la absolución decretada a Villanueva por el delito de asociación delictuosa, así como la revocación del decomiso de la cuenta 455 4036 00023581, a su nombre, y que se deje intocado lo relativo a los bienes inmuebles que no fueron motivo de decomiso.
En el fallo le negaron conceder el beneficio de la sustitución de la pena privativa de libertad por una medida de seguridad, los beneficios de los artículos 70 y 90 del Código, la amonestación pública y la suspensión de los derechos políticos y civiles.
Cuando el Segundo Tribunal Unitario de Toluca emita la nueva sentencia, ésta podrá ser recurrida de nueva cuenta por Villanueva y el asunto aún podría llegar a la Suprema Corte de Justicia, pero ya no se discutiría el caso de su responsabilidad penal, que esta tarde fue decretada por los magistrados.
Villanueva afronta una causa por narcotráfico en la Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York por el presunto tráfico de cocaína colombiana, desde México hacia Estados Unidos.




Fuente: Proceso
Difusión AMLOTV

No hay comentarios: