viernes, 20 de febrero de 2009

Demanda contra Calderón por violar la Constitución


JENARO VILLAMIL

La Cámara de Diputados presentó una controversia constitucional contra Felipe Calderón por abrogarse facultades que competen al Legislativo a través del nuevo reglamento interno de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Con ello se abre la puerta para que el presidente se confiera a sí mismo el poder de decisión en todos los órganos desconcentrados de la federación.

Por considerar que "rompe con el equilibrio de poderes", que vulnera la autonomía de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) al otorgarle facultades "indelegables" al secretario de Comunicaciones y Transportes, Luis Téllez, y porque sienta un "grave precedente" en contra de los órganos desconcentrados de la administración pública, la Cámara de Diputados presentó una demanda de controversia constitucional en contra del nuevo reglamento interno de la SCT, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 8 de enero.

Patrocinado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el presidente de la Cámara de Diputados, César Duarte, el recurso expone a lo largo de 94 fojas ocho violaciones a la Constitución en las que incurre el reglamento interno de la SCT, firmado por el presidente Felipe Calderón Hinojosa.

Tal como adelantó Proceso(1681), este nuevo reglamento convierte a Téllez en un "supersecretario" con "facultades indelegables" para otorgar las concesiones y permisos de telecomunicaciones y de radio y televisión, así como resolver sobre su prórroga, modificarlas o declarar la caducidad, nulidad, rescisión o revocación de las mismas.

De acuerdo con una copia de la controversia que obtuvo este semanario, el reglamento interno de la SCT no sólo violaría el artículo 9-A y el cuarto transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones, así como el artículo 9 de la Ley Federal de Radio y Televisión vigente, sino varios mandatos constitucionales: el artículo 73 que, en su fracción XVII, establece las facultades del Congreso; el artículo 72, porque el reglamento contradice una norma legalmente aprobada en el Congreso; el artículo 89 que, en su fracción I, consagra la división de poderes, y el artículo 90, que permite la existencia de órganos desconcentrados en la administración pública.

Y va más allá al advertir que el reglamento puede afectar a otros órganos desconcentrados ante el exceso de poder presidencial y ocasionaría una disminución en las inversiones del sector de telecomunicaciones –que concentra más de 20 mil millones de dólares en los últimos ocho años– ante la incertidumbre jurídica provocada por las nuevas funciones del secretario Téllez.

Este es un extracto del reportaje que publica la revista Proceso en su edición 1684 que empezó a circular el domingo 8 de febrero.

No hay comentarios: