Perdona y castiga el IFE a TV Azteca
ÁLVARO DELGADO
MÉXICO, DF.La mayoría de los consejeros del Instituto Federal Electoral (IFE) ratificaron hoy el perdón a Televisión Azteca por manipular los promocionales políticos al inicio de las precampañas, aunque decidieron de manera unánime sancionar a la misma empresa con 2 millones de pesos por haber bloqueado la señal que envió los spots a la cadena de televisión restringida Sky.
En las votaciones de hoy se ratificaron los mismos argumentos y los mismos votos que en la sesión del 13 de febrero para no sancionar a la empresa propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, si bien en aquella ocasión se sobreseyó el proceso sancionador y ahora éste se declaró infundado, igual que en el caso de Televisa.
El proyecto del secretario ejecutivo, Jacobo Molina, para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no sólo generó confusión entre los propios consejeros, también puso de relieve las pugnas al interior del IFE, pues se registró un cambio en la apreciación de las presuntas violaciones a la ley de parte de la televisora y, por tanto, del monto económico de la sanción.
En efecto, se disminuyó la sanción de siete a cuatro millones de pesos, debido a que se propuso considerar "infundada" la violación de Televisión Azteca al artículo 350 inciso c) del Cofipe, que se refiere al incumplimiento en la transmisión de las pautas –algo que sólo el consejero presidente, Leonardo Valdés, había sostenido--, y se retiró el señalamiento de "reincidencia".
En el inicio de la sesión extraordinaria de hoy, que fue convocada para cumplir con la sentencia del TEPJF para que entrara al fondo del proceso especial sancionador, sobreseído el 13 de febrero, se generó una confusión entre los consejeros, debido a que el secretario ejecutivo entregó hoy un proyecto distinto al que hizo circular ayer.
El consejero Marco Antonio Baños lo hizo notar aun antes de iniciar la sesión, que comenzó poco después de las 11:00, y así se lo hizo ver a Valdés: "Recibí el documento a las 9:51, hace poco más de una hora. ¡Así no se puede resolver!".
Lo mismo manifestaron otros consejeros, como Marco Antonio Gómez Alcántar, tenaz crítico del secretario ejecutivo, quien dijo a Valdés, apenas en el arranque de la sesión, que lo vivido en las semanas recientes "demuestra la necesidad urgente de tener un proceso de construcción distinto", en el que estén involucrados todos los consejeros para que los proyectos sean más sólidos legalmente y tengan mayor consenso.
"El secretario ejecutivo no puede hacer como que los consejeros no existimos ni tampoco puede presentar una cantidad de versiones distintas a esta mesa, porque parece que mandamos un mensaje de improvisación que acaba en buena medida lastimando a este Instituto Federal Electoral", expresó Gómez.
El debate entre los consejeros, que fue de más de dos horas, se centró en la confusión inicial y por lo cual el TEPJF regañó al IFE: a qué persona moral se debía sancionar, a Televisión Azteca o a TV Azteca.
Para ello, la Dirección Jurídica del Instituto, por instrucciones de Jacobo Molina, solicitó copia certificada del contrato de prestación de servicios celebrado por las empresas Televisión Azteca SA y TV Azteca SA, con el fin de ubicar la personalidad de cada una de ellas y establecer en quién debía recaer la responsabilidad de las violaciones que dieron origen al procedimiento especial sancionador.
Valdés propuso a la mesa que, a partir del análisis jurídico de ese documento, la empresa a sancionar es la concesionaria Televisión Azteca SA, propuesta que fue apoyada por cinco consejeros, con lo cual la votación quedó seis a favor y tres en contra.
Esta discusión obedeció a que el TEPJF ordenó al secretario ejecutivo retomar y concluir la investigación, así como determinar si la empresa cometió alguna falta legal y presentar un nuevo proyecto de resolución en un plazo de 72 horas a partir de la notificación de la sentencia.
Luego de analizar el proyecto, los consejeros decidieron sancionar a Televisión Azteca por haber violado el artículo 75, párrafo 1, del Cofipe, al omitir en la señal que entregó a Sky los promocionales políticos que debieron difundirse el 31 de enero y 1 de febrero, los cuales fueron sustituidos por otros.
El artículo establece: "Las señales radiodifundidas que se incluyen en los servicios de televisión restringida, deberán incluir, sin alteración alguna, los mensajes de los partidos políticos y las autoridades electorales".
Así, con el voto unánime de los consejeros, se impuso una multa de dos millones de pesos por la infracción.
Respecto de la propuesta del secretario ejecutivo de declarar fundada la presunta violación al inciso "d", relacionado con la manipulación de propaganda electoral, acto perdonado a Televisión Azteca el 13 de febrero, ahora también se rechazó la sanción por seis votos contra tres.
Y, por unanimidad de votos, también se rechazó la propuesta de declarar fundada la presunta violación al inciso "e", del mismo artículo, que se refiere al incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en el Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales.
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