jueves, 15 de diciembre de 2011

Asociaciones Público Privadas


En concreto | Laura Itzel Castillo

El PRIAN en la Cámara de Diputados aprobó ayer la Ley de Asociaciones Público Privadas, conocidas como APP. ¿Pero qué son las Asociaciones Público Privadas? Veamos, según la nueva ley son cualquier esquema para establecer una relación contractual de largo plazo, entre instancias del sector público y el sector privado, para la prestación de servicios públicos. Es decir, la privatización generalizada.

Tramposamente dicen que la empresa privada es “la responsable primaria de aportar los recursos necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura”.

Sin embargo, ocultan que el sector privado no invertirá un solo peso, pues los recursos los obtendrá mediante la contratación de deuda garantizada con el contrato de APP firmado por los representantes gubernamentales. En otras palabras, los particulares se endeudarán a raudales con cargo de los recursos públicos, es decir del presupuesto que es en gran medida sostenido con los impuestos que pagan los trabajadores mexicanos.

Los antecedentes legislativos pretenden demostrar las bondades de las APP; sin embargo, al ocultar aspectos fundamentales del proyecto de ley manipulan la información. En realidad, la nueva ley contempla fideicomisos, y no solamente asociaciones; dispone que el papel del Estado se reduzca a simple administrador de contratos, y que los particulares no inviertan un solo centavo.

Las Asociaciones Público Privadas son en realidad fideicomisos para la contratación de deuda. Por lo tanto, la verdadera denominación de esta Ley debiera ser: Ley Moreira, haciendo honor al reconocido escándalo de deuda pública.

En todo el texto de los artículos se menciona el esquema de asociación para este tipo de proyectos. Empero, en el segundo párrafo del artículo 91 se dispone textualmente: “Las bases del concurso señalarán el capital mínimo sin derecho a retiro, limitaciones estatutarias y demás requisitos que dicha sociedad o fideicomiso deberá cumplir”.

Con este simple texto abren la puerta para que a través de esta figura legal se goce de la mayor opacidad, incluso podemos decir que rebasa por la derecha al denominado secreto bancario. Los fideicomisos cuentan por ley con el llamado secreto fiduciario. Así, las empresas, los funcionarios y las mismas condiciones para el manejo de recursos y prestación de servicios públicos permanecerán en un régimen de secrecía y plena opacidad.

A los inversionistas de APP no se les tratará como el actual gobierno lo hace con los posibles inversionistas en el caso de la línea aérea Mexicana de Aviación, donde antes de concretarse el acuerdo con el sector público se exige garantizar plenamente la inversión; es decir, que demuestren que tienen el capital. Usando esto como ejemplo, podemos señalar que bajo el esquema APP los particulares sólo firman sin garantizar absolutamente nada y el gobierno se endeuda. Así de fácil… en eso consiste la Asociación Público Privada.

Fuente: El Gráfico

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