viernes, 24 de abril de 2009

Avalan diputados nueva Ley de la Policía Federal

Avalan diputados nueva Ley de la Policía Federal

LA REDACCIóN

MÉXICO, DF, 23 de abril (apro).- Con 303 votos a favor, 2 en contra y 13 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó hoy la Ley de la Policía Federal, nuevo marco legal que faculta a la Secretaría de Seguridad Pública federal (SSP) a intervenir llamadas telefónicas para la prevención de delitos.

En la nueva ley se prevé la creación del Consejo Federal como el órgano encargado de normar, conocer y resolver las controversias derivadas de los procedimientos del servicio profesional de carrera, régimen disciplinario, profesionalización y certificación de los integrantes de la SSP. 

Se establece, así mismo, que cualquier solicitud de información a concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas, empresas de telecomunicaciones, o la propia intervención de comunicaciones privadas, estará condicionada al control y seguimiento de un juez de distrito.

Se subraya que con este nuevo instrumento legal se dotará a la Policía Federal (PF) de autonomía técnica y operativa en el ejercicio de sus funciones.

Determina que el ámbito de competencia de la corporación será todo el territorio nacional, con estricta observancia de las esferas y funciones que constitucionalmente corresponden a las entidades federativas y a los municipios.

Así mismo, plantea la coordinación y cooperación de la PF con otras autoridades para llevar a cabo el ejercicio de sus funciones de investigación, persecución y combate a los delitos.

La ley suscribe principios básicos acerca de los requerimientos para ser policía federal, su forma de retiro, el control de su acreditación y su constante certificación en el trabajo preventivo del delito.

La Cámara de Diputados también aprobó, con 304 votos a favor, modificaciones a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y al Código Penal Federal, con el fin de imponer de seis a doce años de prisión y de trescientos a quinientos días multa al testigo protegido que incurra en falsedad de declaraciones judiciales.

Si un servidor público propicia ese delito, se le incrementará la pena en una tercera parte de lo normado. Además será destituido de su empleo y se le inhabilitará para obtener otro durante un periodo de ocho a doce años. 

El documento también destaca que, con el propósito de combatir a la delincuencia organizada, se establecieron las figuras de "testigo protegido" y de "colaborador". 

"Sin embargo, la mayoría de los dichos aportados por estos presuntos delincuentes resultan falaces. El perdón jurídico y el subsidio económico compelen al testigo protegido a ofrecer de manera cobarde y deshonesta imputaciones falsas", se advierte en el texto. 

Se señala también que existen circunstancias en que hay inculpados que se convierten en falsos testigos protegidos por la inducción dolosa que ejercen sobre ellos algunos funcionarios policiales o ministeriales que, con el fin de resolver un caso de manera manipulada, los instigan a señalar a determinadas personas sin elementos que correspondan a la realidad. 

Por ello, se sugiere incrementar la pena a estos funcionarios, y se les destituya de su cargo, sin poder obtener otro durante un periodo de entre ocho y doce años. 

El dictamen pasará ahora al Senado para su eventual ratificación.

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