martes, 30 de junio de 2009

Contratación gubernamental, nicho de corrupción






Secretaría de la Función Pública ha inhabilitado 684 compañías por irregularidades penales, fiscales, administrativas y de desempeño, pues presentan fianzas, pólizas y facturas apócrifas, incumplen contratos y mienten sobre su situación fiscal en los procesos de contratación de 264 dependencias y entidades de la administración pública federal, principales compradoras de insumos, arrendamientos y servicios, entre las que destacan, por el volumen de compras, Pemex y el IMSS
En su afán de recibir contratos gubernamentales, algunas empresas incurren en irregularidades: desde mentir sobre su situación fiscal, justificar su incumplimiento contractual o simular la competencia, hasta ilícitos del orden penal como el uso de documentos apócrifos para acreditar fianzas, pólizas o recibir pagos adicionales. El mal desempeño de los contratistas de gobierno es identificado por Transparencia Internacional como uno de los factores que fomenta la corrupción y contribuye al irregular manejo de los recursos públicos.
Estas prácticas “afectan directamente al bienestar de toda la sociedad”, señala la organización en su estudio Contrataciones públicas en América Latina: nueve informes de país miden riesgo de corrupción, en el que explica que las irregularidades en la contratación pública conducen a “la distorsión de una justa competencia empresarial, al malgasto de recursos escasos, al abandono de las necesidades básicas, a la perpetuación de la pobreza y desigualdad”.
Según sus estimaciones, los países de todo el mundo gastan en promedio hasta un 70 por ciento de su presupuesto en contratos públicos, relacionados con la provisión de bienes, obras o servicios y alcanzan los 4 billones de pesos cada año. De esta cifra, calcula Transparencia Internacional, entre 10 y 25 por ciento, es decir, hasta 1 billón de pesos, “se pierde por corrupción”. En algunos casos, la cifra puede alcanzar hasta el 40 y 50 por ciento del valor del contrato.
El organismo internacional ubica a México entre los primeros del orbe en niveles de corrupción, práctica que involucra las contrataciones gubernamentales. No obstante, la Secretaría de la Función Pública (SFP) ha impuesto apenas 684 sanciones en lo que va del sexenio de Felipe Calderón; de éstas, casi el 30 por ciento ha logrado ampararse contra el impedimento a recibir contrataciones. Ello se deriva en parte de lo burocrático del proceso desde que los órganos internos de control radican una irregularidad, hasta que resuelven la inhabilitación. Una vez inhabilitada, la empresa puede obtener amparos temporales o definitivos contra la aplicación de la ley.
Si una compañía agota todas las instancias, el proceso para su inhabilitación “en firme” puede llevar hasta cinco años, explica en entrevista César Chávez Flores, director general de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la SFP.
La dilación y laxitud en las sanciones son para algunos contralores los principales obstáculos para sanear la contratación pública, pero sobre todo para inhibir la reincidencia. Al respecto, Marco Antonio Díaz, quien durante más de 10 años se desempeñó como contralor de la SFP en distintas entidades del gobierno federal, explica: “El primer problema es la oportunidad de la sanción: se sanciona como tres años después de que pasó la situación y, durante todo ese tiempo, la compañía sigue recibiendo contratos. El segundo es la ejemplaridad y la oportunidad de la acción, y esa no se aplica. Por ejemplo, en asuntos tan delicados como el uso de documentos falsos, es deber de cada entidad remitir el asunto a la procuraduría, ya que esa situación constituye un fraude y a quien lo comete se le debe inhabilitar, pero sobre todo sancionar penalmente, y no ocurre así, todo se reduce a la sanción de la contraloría”.
César Chávez coincide con el impacto negativo de la dilación en los procesos de inhabilitación. “Si hay una empresa que incurrió en un acto ilegal, debe ser sancionada como una forma correctiva. Si la sanción no se hace efectiva, sino después de mucho tiempo, por todos los medios de defensa con que cuenta la empresa se está difiriendo el impacto de una sanción, y, por tanto, la posibilidad de que se evite la impunidad”.
La ley indica que para que un proveedor pueda participar en una licitación, invitación o adjudicación directa debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales. Ésta es la falta de mayor incidencia de los proveedores del gobierno federal, según el registro de la SFP, le siguen el uso de documentos apócrifos, el incumplimiento de contratos y la negativa a formalizar contrataciones adjudicadas.
Las sanciones

La inhabilitación más larga, por cinco años, la enfrenta Importaciones, Productos y Servicios. Ésta fue impuesta por el Órgano Interno de Control (OIC) en Pemex Petroquímica (de octubre de 2008 a octubre de 2013), porque “proporcionó información presuntamente falsa al señalar que los extintores Ansul, modelo Red Line, poseían 29 segundos de tiempo de descarga, cuando en realidad eran de 51 segundos y logró que el 23 de octubre de 2006 se le adjudicara el contrato CB-400-RM40002047/06”.
También, por cinco años (de noviembre de 2008 a noviembre de 2013), el OIC de la Secretaría de Educación Pública inhabilitó a Limpieza y Fumigaciones Especializadas. El expediente 0006/2004 documenta que presentó una póliza de responsabilidad civil supuestamente falsa. Se le impuso una multa de 1 millón 357 mil 200 pesos.
Le sigue Mexicana Digital de Impresión, inhabilitada en marzo de 2008 por un periodo de cuatro años 11 meses por la contraloría interna en Nacional Financiera, porque “actuó con dolo y mala fe durante la vigencia de los contratos de prestación de servicios 167/03 y 0020, cuyo objeto fue proporcionar servicios de impresión y entrega de reportes de cómputo central”.
Por cuatro años también, en octubre de 2007 se inhabilitó a Actitud Positiva en Toner, proveedora de insumos de cómputo de secretarías de Estado, institutos de salud, órganos desconcentrados y paraestatales. La contraloría interna del Instituto de Seguridad y Servicio Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) determinó que presentó documentos falsos de las empresas que supuestamente garantizaban el abasto de los bienes ofertados.

Ese mismo mes inhabilitó por cuatro años al Grupo Constructor Cinco, derivado del expediente 0032/2007, que documenta que “no cumplió con el avance de obras programado, carecía de materiales y personal para realizar la obra e injustificadamente suspendió totalmente la ejecución de los trabajos”. En marzo de 2008 inhabilitó por cuatro años a Grupo Ariesa (proveedora de servicios inmobiliarios), por el supuesto uso de documentos falsos.
Prácticas fraudulentas

El uso de documentos apócrifos para respaldar experiencia, cubrir una fianza o póliza o cobrar montos adicionales son prácticas usuales de los contratistas del gobierno, e involucra a quien incurre en ella en un supuesto delito penal. Agencias de viajes, compañías de servicios petroleros, constructoras e inmobiliarias se ubican entre las proveedoras con mayor incidencia, revela la SFP.
En junio de 2007 el OIC en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) inhabilitó por tres años a Constructora Greicon, contratada para la reconstrucción de carreteras, por el uso de fianzas apócrifas, acreditado en el expediente 0003/2007. Ese mismo año fue inhabilitada por segunda ocasión al comprobarse la misma irregularidad.
En abril de 2008 el OIC en el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) inhabilitó por tres meses a Rixa Fumigaciones, que presentó una supuesta fianza apócrifa de Afianzadora Insurgentes para el contrato CS/015/2008. En diciembre, el OIC en Pemex Exploración y Producción (PEP) inhabilitó por un año a Constructora Robhe por el uso de pólizas de cumplimiento y de responsabilidad civil supuestamente falsas, para respaldar su contrato 418813859.
En marzo pasado la SFP inhabilitó por un año a Viajes Contoy, porque “proporciono información falsa y actuó con dolo al haber presentado fianza expedida por Afianzadora Insurgentes, siendo que la misma no correspondía a las registradas en esa afianzadora”.
En abril, el OIC en la Comisión Federal de Electricidad (CFE) inhabilitó a Materiales y Construcciones Bairev, derivado de los expedientes 0145/2008 y 0146/2008, en los que documenta que “presentó pólizas de fianza presuntamente falsas en el procedimiento de contratación”.
Proveedores fantasma

En la industria petrolera es común que las compañías usen documentos apócrifos de sus supuestos proveedores para respaldar sus propuestas técnicas y económicas. Algunas empresas inhabilitadas son: Proveeduría y Comercializadora Hernández Estrada, en Pemex Petroquímica; Grupo González Priego y Glez Construcciones, en Refinación.
El pasado 23 de abril, el OIC en PEP inhabilitó a Saint Martin Construcciones por “uso de documentación apócrifa para participar en una licitación”. El día 29, a Promotora Ambiental del Sureste, por la misma irregularidad, según el expediente 0153/2008. En mayo, el OIC en Refinación inhabilitó a Comercializadora Industrial Veracruzana por presentar “documentación falsa”, misma que, según la contraloría, no fue reconocida por las empresas que supuestamente la expidieron.
También usan cédulas profesionales apócrifas para acreditar a su personal: en lo que va del año se ha inhabilitado a Construcciones y Recubrimientos Uva, Koper’s, SA de CV, Servicios Industriales de Tula, Sisa Servicios Industriales, Mexcolurs Internacional, y Proyectos y Cimentaciones Tacana.
Licitaciones dudosas

El auditor Marco Antonio Díaz dice que para sanear las contrataciones públicas “se tienen que conjugar los pecados de los proveedores con los pecados de los funcionarios”. Explica que entre el 40 y 50 por ciento de los casos que integran las contralorías involucra a servidores públicos en corresponsabilidad con los contratistas, “ya sea por complicidad u omisión”, pues “su obligación es cerciorarse que desde la fase de la licitación se actúe con apego a la ley, y la omisión también es corrupción”.
Muchas inhabilitaciones de la SFP derivan del uso de documentos apócrifos durante el proceso de licitación o la formalización de los contratos. Por ejemplo, en marzo de 2007 el OIC en la Secretaría de Relaciones Exteriores inhabilitó a Electro Industria, porque “presentó documentación falsa en su propuesta técnica en la licitación pública para la adquisición de material de ferretería y eléctrico”. En septiembre de ese año, el OIC en el ISSSTE inhabilitó a Azteca Seguridad Privada (expediente 0010/2006), porque “proporcionó información falsa”.
El 22 de febrero de 2008, el OIC en PEP le rescindió a Servicios de Protección Ecológica el contrato 414103809, por el mismo motivo; se le inhabilitó por un periodo de dos años y seis meses (expediente 0166/2004). En mayo, a esa misma compañía se le rescindió el contrato 414103832, toda vez que “en el proceso de licitación y durante la vigencia del contrato, proporcionó información falsa”; se le inhabilitó también por 30 meses.
La misma irregularidad llevó a las contralorías en ASA, SCT, Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), PEP y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a inhabilitar a las proveedoras Servicio de Medición y Control, Desarrollos Codev, Construcciones y Desarrollos Burban, Constructora Angula, Proveedora Pydda, y PD Oilfield Services.
En febrero pasado, el OIC en el ISSFAM inhabilitó al Grupo Proveedor de Suministros, porque el 18 de agosto de 2008, en la invitación internacional abierta A/I3P/08 para la adquisición de consumibles de cómputo, presentó una carta respaldo de Hewlett-Packard de México “apócrifa, hecho que fue sustentado por el representante legal” de HP.
Hay empresas que usan documentos falsos para acreditar su experiencia. Por esa causa, en abril de 2007, el OIC en Petroquímica inhabilitó a Construcciones Especializadas Miral. Y en marzo pasado, el OIC en Luz y Fuerza a Constructora Spectrum, ya que “anexó copia de un supuesto contrato celebrado con Productores de Leche Pura, SA de CV, empresa (que) niega haber tenido relación comercial con el proveedor”.
Ya en la ejecución de los contratos, también es común falsificar documentos para acreditar los trabajos. La contraloría detectó en la Comisión Nacional del Agua que los proveedores Iván Carmona Maury, Diana Carmona Álvarez y Manufacturera Textil Superior entregaron cuatro reportes de laboratorio supuestamente emitidos por Intertek Testing Services de México, laboratorio certificado, mismo que negó haberlos emitido y acreditó el fraude. Fueron inhabilitados por 17 meses, 14 meses y 19 meses, respectivamente, por “falsificación en su contenido, firma y papelería”.
Otras usan facturas alteradas o apócrifas para cobrar montos adicionales, como Ferrovial del Istmo, inhabilitada por la contraloría en Petroquímica, de marzo de 2008 a septiembre de 2009.
Incumplimiento contractual

Transparencia Internacional considera el incumplimiento contractual como un foco rojo de posible corrupción por factores como haber contratado a una empresa sin capacidad técnica y económica para los bienes o servicios encargados, o sin que cubriera los requisitos de ley. Esto, además, según la organización, impacta directamente en las finanzas públicas y a la población cuando se trata de obras sociales.
En la SFP el incumplimiento contractual es un motivo de inhabilitación. La sanción más larga es la que aplicó el OIC en Luz y Fuerza a Vosper Thornycroft Controls, inhabilitada del 30 de noviembre de 2006 al 30 de agosto de 2011 (expediente 0119/2005).
Otras, inhabilitadas por la entrega de bienes fuera de tiempo, de bienes o servicios distintos a los contratados, o por el abandono parcial o total de los trabajos, según la SFP, son: Corporación Mueblera y Comercial Azteca, Corporativo Hatum, Tubos y Aceros, Corporación de Ingenieros Civiles y Arquitectos Mexicanos, Suministros Internacionales de Equipos, Bicideporte Casa Rosas, Comercializadora de Medicamentos Spite, Uniforme y Calzado Risars, Tel Cast, y Novedades Siglo XXI.
Un caso peculiar es el de Constructora Nac, que incumplió un contrato que le adjudicó la Procuraduría General de la República; se le autorizaron convenios modificatorios y adicionales y todo lo incumplió, así que en enero de 2008 se le inhabilitó por 18 meses.
El que un contratista no cumpla con sus obligaciones también puede tornarse en quebranto patrimonial. Por ejemplo, según acreditó la contraloría en el Consejo Nacional de Fomento Educativo (Conafe), la compañía Servicios en Seguridad Privada, Jurídicos y Contables “permitió la entrada de personas ajenas al inmueble de la delegación del Conafe en Hidalgo, generando la sustracción de diversos bienes y títulos nominativos que fueron cobrados el día 31 de julio de 2007”. En mayo de 2008 se le inhabilitó (durante siete meses) por incumplimiento al contrato AD11150016-002-07-A.
Hay otros casos de compañías que atrasan la entrega de bienes o servicios para obtener un incremento al pago. Por ejemplo, la contraloría en la Secretaría de Economía inhabilitó a Comercializadora Trebón de enero a abril de 2009, porque no entregó los insumos pactados, argumentando cotizaciones erróneas: alegó que el precio acordado equivalía apenas al 33 por ciento del costo.
Práctica que se pasa por alto por la mayoría de las contralorías, la subrogación es considerada también incumplimiento contractual. Hasta ahora, sólo SYS Construcciones ha sido inhabilitada por esta causa –en abril de 2008– por el OIC en Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) (expediente 0202/2006), ya que “incurrió en violaciones al artículo 47 de la LOPSRM (Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma), porque otra compañía hizo los trabajos que se le encomendaron”.
Competencia simulada

Otra práctica contraria a las leyes que regulan la contratación del gobierno es la simulación de la competencia: cuando las empresas que participan en una licitación acuerdan por lo bajo las propuestas técnicas y económicas o cuando en un concurso participan dos o más compañías del mismo consorcio o capital accionario.
Para los auditores, la simulación “es el segundo rubro que requiere mayores mecanismos de control, porque muchas empresas se conjugan para imponerle a la entidad precios encarecidos ilegalmente”, dice Marco Antonio Díaz.
César Chávez coincide en que la confabulación entre los contratistas “es otra forma de actuar con dolo para simular un concurso que en realidad no existe”. Se trata, explica, “de la colusión entre los hipotéticos licitantes con la finalidad de inflar artificialmente los precios o para repartirse el mercado, y eso, además de ser una conducta infractora de la Ley de Adquisiciones, es infractora de la Ley Federal de Competencia”.
“No es tan fácil detectar ese tipo de acuerdos anticompetitivos y que implican una actuación deshonesta, dolosa por parte de los licitantes, pero sí mantenemos una supervisión y un acuerdo incluso con la propia Comisión Federal de Competencia para revisar que las licitaciones públicas y los modelos a través de los cuales se licita no permitan ese tipo de acuerdos”, explica.
La contraloría en Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB) es la que más inhabilitaciones ha hecho por esa causa.
Se trata de concursos por invitación, donde las compañías presentaron propuestas técnicas y económicas con el mismo contenido y forma: “Con igual redacción, signos gramaticales y errores ortográficos, que hace presumir un posible acuerdo entre ambas”, concluyen los dictámenes de inhabilitación de Protección Ambiental Internacional, Diseño y Construcción de Tanques y Líneas, Mecánica Industrial y Transformación, Suministro de Insumos del Sureste, y Filtración Industrial Especializada.
Los casos más recientes: en marzo inhabilitó a Rafael Veytia Gaytan (expediente 0005/2009), ya que “actuó con mala fe al presentar documentación con similitudes en sus propuestas con el proveedor Antonio González Cruz”; y a Apolinar González Palma (expediente 0091/2008), porque en el proceso de contratación número CSGR161/08 “presentó documentos iguales en contenido y forma a las demás empresas participantes”.
César Chávez Flores, de la SFP, agrega que un problema frecuente es el de las compañías que, una vez que se les ha adjudicado un contrato o una partida presupuestal, se niegan a suscribirlo por causas imputables a ellas, “principalmente cuando sólo se les entrega una parte del presupuesto y consideran que no les conviene”. Empero, ello impacta en la gestión de recursos y, sobre todo, en la ejecución de proyectos o cobertura de servicios. La inhabilitación por este motivo alcanza los tres meses.
Un caso explícito fue el de Distribuidora Eléctrica Calafia, que “no formalizó el contrato que le fue adjudicado (por la CFE), argumentando que no era de su conveniencia económica la adjudicación por partidas, sino por paquete completo”. Se le inhabilitó entre abril y julio de 2008. Las sancionadas en lo que va del año son Ingeniería de Sistemas Aplicados, Heartcat, Ingeniería Ambiental Integral, y Grupo Industrial Predent.
Las reincidencias
En menos de dos años, Hipertecnología en Computación fue inhabilitada en dos ocasiones. La primera por el OIC en el Instituto Nacional de Pediatría (de abril de 2008 a abril de 2009), por no formalizar el contrato P/S/M/7/3/2007, y en marzo pasado por el OIC en Agroasemex, porque “presentó información falsa de sus obligaciones fiscales”.
En julio de 2006, el OIC en ASA inhabilitó por tres meses a Grupo Servicios Unidos en Máquinas Automáticas, por “no estar al corriente en sus obligaciones fiscales”. En abril de 2008, porque “presentó información falsa de resultados de tela falsos”.
En diciembre de 2006, el OIC en el ISSSTE inhabilitó por seis meses al Grupo de Profesionales en Mantenimiento, por no formalizar el contrato DRP/LP110/110/05. En marzo de 2008 lo inhabilitó hasta octubre de 2010, porque incumplió con los reportes y facturación del contrato que le fue asignado un contrato.
La compañía Espárragos Inoxidables de México fue inhabilitada durante seis meses en febrero de 2006 porque no formalizó un contrato adjudicado por Pemex Refinación (expediente 0135/2004); en enero pasado, por no formalizar uno que le asignó PEP.
Un caso peculiar es el de la proveedora de medicamentos Buffington’s de México. Se le abrieron cuatro expedientes (0013/2005, 0007/2005, 0203/2006, 0073/2006) por no formalizar los contratos D40366, D40802, D50086, que le adjudicó el IMSS y, porque según la contraloría, “presentó información falsa respecto de encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales”. Se le inhabilitó de junio a septiembre de 2007, luego de marzo a junio de 2009.
La reincidencia también es frecuente en el uso de documentos apócrifos, aunque se trata de un delito penal. Es el caso de Arrendadores y Servicios del Sur, inhabilitada por la SCT para el periodo de diciembre de 2006 a diciembre de 2009, porque proporcionó una póliza de garantía apócrifa. En enero de 2007 la inhabilitó para el periodo de febrero de 2007 a febrero de 2011, por la misma causa.
A sabiendas de que están inhabilitadas, algunas compañías participan en procesos de licitación, lo que podría derivar en nuevas sanciones. En diciembre de 2005, el OIC en el ISSSTE había inhabilitado a Corporativo Nacional Mexicano (expediente 0048/2005), porque “proporcionó información falsa respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales”. En marzo de 2007 la inhabilitó de nuevo porque licitó sin haber pagado la multa de su inhabilitación. En diciembre de ese año, la misma contraloría inhabilitó año a Kanmlimp, porque “presentó propuesta en una licitación pública a sabiendas de que se encontraba inhabilitada por la Secretaría de Desarrollo”.
En julio de 2007, Corporativo de Servicios Empresariales y Gastronómicos fue inhabilitada durante tres meses por el OIC en la Secretaría de Gobernación, tras acreditarse que la compañía firmó un contrato para el servicio de alimentos, “a sabiendas de que estaba impedido por encontrarse inhabilitada por el área de responsabilidades del Instituto Nacional de Bellas Artes”.
En julio de 2008, el OIC en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación inhabilitó a Ferretería Modelo México durante tres meses, porque en marzo de ese año participó en una licitación pública aunque estaba imposibilitada por la contraloría en la SRE.
Recientemente, la contraloría en el IMSS sancionó a Reactivos y Aparatos Químicos, para el periodo de marzo de 2009 a junio de 2012 (expediente 0527/2008), ya que “se condujo con falsedad y dolo al actuar como interpósita persona y ubicarse en la hipótesis prevista en la fracción VII del articulo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, relativo a que socios inhabilitados no pueden participar de las contrataciones del gobierno.
Dolo y mala fe
En julio de 2007, el OIC en el ISSSTE inhabilitó a Erik Zenón Molina, quien supuestamente “actuó con dolo y mala fe al pretender cobrar el cheque número 0010167, teniendo pleno conocimiento de que se encontraba alterado, durante la vigencia del contrato CT-01210083004”.
En agosto de 2008, la contraloría en el IMSS inhabilitó por dos años a la firma Alfonso Marhx, SA de CV, “ya que actuó con dolo ante la delegación estatal en Puebla del IMSS, con motivo de la licitación publica nacional 00641237-061-07, ya que presentó carta de respaldo de su propuesta técnica que resultó ser apócrifa”.
En diciembre, el OIC en PGPB inhabilitó por seis meses a Gauss y Jib, SA de CV, que le proporciona servicios de construcción, por actuar “con dolo y mala fe” durante una contratación. (ALP)
El impacto social de la corrupción
Las irregularidades en la contratación gubernamental impactan directamente a los grupos más vulnerables de la sociedad en la provisión de servicios.
Transparencia Internacional documenta que los países en desarrollo “son, a menudo, los grupos de la sociedad más vulnerables que acaban pagando por la existencia de corrupción en la contratación pública, ya que son los que más necesitan de políticas públicas y servicios”.
Detalla que: “Si, por ejemplo, un puente se rompe porque el contrato para su construcción se aprobó de forma ilegítima a una empresa no capacitada, o si los niños en edad escolar no tienen acceso adecuado a materiales didácticos porque los fondos del gobierno destinados a la compra de libros de texto son desviados por individuos deshonestos, es evidente que las víctimas de estas prácticas corruptas son los ciudadanos”.
Un ejemplo es la contratación que la Sedesol hizo con Ramírez Mantilla y Asociados, en noviembre de 1998, para la construcción de 215 viviendas para los grupos indígenas de la Reserva Territorial de Atlixcayotl, Puebla, pero sólo construyó 179. La Sedesol le otorgó una prórroga y tampoco cumplió. Fue casi una década después de que se le asignara el contrato que la contraloría interna la inhabilitó, de mayo de 2007 a octubre de 2009.
Otro caso es el de Jaesvi. Según el Órgano Interno de Control en Pemex Exploración y Producción, incumplió el contrato 416903834 “para la construcción de caminos de acceso y localizaciones de desarrollo Tepetitán nueve y 11, del programa estratégico de gas del Activo Integral Macuspana”, lo que impactó en la producción de la paraestatal. Por ello (expediente 0355/2005), se le inhabilitó de diciembre de 2008 a junio de 2010.
Las irregularidades de las prestadoras de bienes o servicios a los sistemas de salud pública se cuentan entre las más riesgosas por el área de trabajo que involucra. Farmacéuticas, distribuidoras, importadoras, laboratorios no están exentos de contravenir la ley, lo cual, en muy pocos casos les ha valido su inhabilitación principalmente en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El registro de la Secretaría de la Función Pública revela casos de laboratorios que mienten respecto de la composición química de sus productos. Por esta causa se ha inhabilitado a la trasnacional World Lab y la Distribuidora Ceppi.
En noviembre de 2007, dicha contraloría inhabilitó durante tres meses a Proclinics (expediente 0453/2004), por supuesta “falsedad al manifestar que sus productos cuentan con 50 por ciento de contenido nacional”. El 14 de enero de 2008, la inhabilitó por segunda ocasión (expediente 0191/2004), para el periodo de enero de 2008 a mayo de 2010, porque “presentó carta apócrifa de la empresa Cepillería y Aseo Real como respaldo de su propuesta técnica en la licitación publica internacional número 00641139-075-03”.
En noviembre de 2008 (expediente 0142/2007), inhabilitó a Prodifarma Promociones y Distribuciones Farmacéuticas, entre el 19 de noviembre de 2008 y el 19 de mayo de 2011, porque “proporciono información falsa al respaldar su propuesta técnica con un registro sanitario cancelado o revocado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios”.
También, al Instituto Regional de Tratamiento del Cáncer (de noviembre de 2008 a abril de 2010), porque “actuó con dolo al manifestar que contaba con todos los equipos para proporcionar servicios de radioterapia y braquiterapia, cuando en realidad carecía de la fuente radioactiva para su funcionamiento”.
En febrero pasado, inhabilitó del 2 de marzo de 2009 al 2 de junio de 2011 al Grupo Mexlab, que surte al Instituto de Productos Médicos y de Laboratorio, ya que “presentó un registro sanitario apócrifo”.
El caso más reciente: la contraloría interna en el Instituto Nacional de Pediatría inhabilitó, de mayo de 2009 a mayo de 2010, a Cel Medical Distribución, porque “ofertó un equipo que analizaría el componente de la bilirrubina y se comprobó que no es así”. (ALP)

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