martes, 29 de diciembre de 2009

AN va por reforma que obligue a los sindicatos a rendir cuentas




Pide que se sancionen legalmente los abusos y omisiones en que incurran los líderes
AN va por reforma que obligue a los sindicatos a rendir cuentas
Los trabajadores podrían conocer el manejo de las cuotas y elegir a su directiva por votación pública
Roberto Garduño

Periódico La Jornada
Martes 29 de diciembre de 2009, p. 3
La fracción del Partido Acción Nacional (PAN) en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión elaboró una iniciativa de reforma a las leyes Federal del Trabajo y de Fiscalización y Rendición de Cuentas, con el propósito de que los trabajadores puedan acceder a la información relativa a cuotas, contrato colectivo y estatutos de sus respectivos sindicatos.

La iniciativa, que será valorada en el seno de la Comisión Permanente para su posterior votación, pretende que la elección de las directivas en los sindicatos se dé mediante el voto secreto o la votación pública.

Emma Laura Larios Gaxiola, senadora panista, elaboró la iniciativa destinada a transparentar, por vez primera, los actos u omisiones de los sindicatos en México, y obligarlos a rendir cuentas ante las asambleas de trabajadores, así como sancionarlos legalmente en caso de que se incurra en abusos de autoridad y poder.

La rendición de cuentas forma parte de los instrumentos para controlar a los líderes de los sindicatos, para que cumplan con transparencia, honestidad, eficiencia y eficacia el mandato hecho por los agremiados.

De tal forma, la iniciativa de reforma propone establecer mecanismos de transparencia interna para que los trabajadores accedan a la información relativa a las cuotas y estatutos de los sindicatos, y en caso de que esto no se cumpla los líderes sean sancionados, para evitar la opacidad en sus acciones.

Actualmente los sindicatos reciben recursos de la Federación vía el Presupuesto de Egresos, mediante los donativos regulados por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el cual prevé en su artículo 10 que las dependencias y entidades podrán otorgar subsidios o donativos, los cuales mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales, para efectos de fiscalización y transparencia.

Entre los lineamientos previstos en este marco jurídico se encuentra que dichos recursos se identificarán especialmente en una subcuenta, la cual deberá reportarse en los informes trimestrales, conforme lo dispone el reglamento, identificando los ingresos e incluyendo los rendimientos financieros del periodo, egresos, así como su destino y saldo.

Para revisar y fiscalizar aquellos recursos, el PAN propone que la Auditoría Superior de la Federación observe que los programas y su ejecución en las organizaciones sindicales se ajusten a los términos y montos aprobados, así como el desempeño, eficacia y economía, con base en los indicadores aprobados en el presupuesto federal.

Órgano de vigilancia

“Por lo que se refiere a su control interno de gestión, los sindicatos –refiere la propuesta– poseerán un órgano para vigilar la aplicación de las políticas y que la normatividad se efectúe conforme a lo establecido.”

Por lo que hace específicamente a la elección de las dirigencias sindicales, la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo busca modificar el artículo 371 numeral noveno, para que el procedimiento para la elección de la directiva y el número de sus miembros sea mediante voto secreto o votación pública. En ese mismo ordenamiento, pero en el numeral 13, se especifica que en época de presentación de cuentas se incluyan sanciones a los directivos en caso de incumplimiento.

En el artículo 373 de la misma ley se expresa que la directiva de los sindicatos deberá rendir a la asamblea de trabajadores, cada seis meses, por lo menos, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio sindical, la cual deberá difundir ampliamente entre los trabajadores miembros del gremio.

Ante la omisión de la obligación señalada en el párrafo anterior, los miembros del sindicato podrán acudir ante la autoridad competente para que esta obligación se cumpla. Esto con independencia de otras acciones que legalmente procedan, señala.

Fuente: La jornada
Difusión AMLOTV

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