SCJN valida “Ley Peña Nieto”
Jorge Carrasco Araizaga
MÉXICO, D.F., 29 de noviembre (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó hoy la constitucionalidad de las reformas electorales del Estado de México, conocidas como Ley Peña Nieto.
El pleno de ministros aprobó por unanimidad el proyecto elaborado por José Ramón Cossió, en el cual se establece que la prohibición de las candidaturas comunes no viola la Constitución, como alegaron los partidos de la Revolución Democrática, Acción nacional, del Trabajo y Convergencia.
Las reformas electorales aprobadas en septiembre pasado, regirán los comicios locales que se desarrollarán en julio del próximo año en el Estado de México, donde se renovará la gubernatura.
Dichas reformas reducen los tiempos de campañas y el financiamiento a los partidos.
La Corte declaró infundados los juicios de acciones de inconstitucionalidad promovidos por PRD, PAN, PT y Convergencia, ya que, a su juicio, la reforma no viola ningún principio constitucional.
En enero pasado, la Corte declaró constitucionalmente válidas reformas similares que promovió el PAN en el estado de Guanajuato, en las cuales también se prohíben las candidaturas comunes.
Sin mayor abundamiento, los ministros validaron la eliminación de las candidaturas comunes, por tratarse de un tema que ya habían revisado desde principios del año, cuando determinaron que cada Congreso estatal está en libertad de decidir si permite o no este tipo de candidaturas en sus entidades.
Durante la sesión, como estudio previo, los ministros Sergio Valls Hernández y Luis María Aguilar Morales pidieron a sus compañeros del Pleno que revisaran si estaban en alguna causa de impedimento para participar en la revisión de los juicios.
Uno de los hijos de Valls es magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y fue nombrado por el Congreso local; Aguilar trabajó y tenía una amistad estrecha con el fallecido ministro Vicente Aguinaco, padre de Fabián Aguinaco, uno de los abogados del PRD.
El Pleno determinó que ninguno de los dos estaba en curso de impedimento. Valls porque no tenía ningún vinculo de amistad con quienes participaron en el juicio y Aguilar porque su vinculó fue con el ministro fallecido Vicente Aguinaco, y no con su hijo.
Fuente: Proceso
Difusión AMLOTV
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