jueves, 7 de julio de 2011

El Poder Judicial, obligado a acatar a la Coidh, determina la SCJN


Los criterios interpretativos del tribunal internacional sólo son “orientadores”: magistrados

CITLAL GILES SÁNCHEZ

Chilpancingo, 5 de julio. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Poder Judicial está obligado a cumplir con todas las sentencias que dicte la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), no así lo criterios interpretativos, pues esos –determinaron– sólo son “orientadores”.

Durante la sesión de este martes, los ministros de la SCJN discutieron sobre las sentencias emitidas por la Coidh por el caso de desaparición forzada del ex alcalde de Atoyac y luchador social, Rosendo Radilla Pacheco, hecho que llegó hasta los tribunales internacionales como la Coidh, quien el 9 de febrero del año pasado notificó al Estado Mexicano de su responsabilidad por la desaparición Radilla Pacheco y lo obligó a cumplir varias recomendaciones, entre ellas, el reformar el Código de Justicia Militar, a fin de que todas las violaciones cometidas por los cuerpos castrenses, sean juzgados por un tribunal civil y no por el Tribunal Militar.

Luego de dicha sentencia, el 26 de mayo de 2010, la SCJN analizó la sentencia para determinar cuál debería ser la participación del Poder Judicial Federal en el cumplimiento de la misma.

Luego de varias sesiones, el Tribunal federal acordó con 8 votos a favor que frente a las sentencias condenatorias la SCJN no puede revisar las salvedades, reservas y declaraciones interpretativas del Estado Mexicano.

De igual forma, por unanimidad de votos, los ministros acordaron que las sentencias condenatorias de la Coidh son obligatorias para el Poder Judicial. Los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas y la ministra Margarita Luna Ramos estuvieron de acuerdo pero con algunas salvedades.

Finalmente y con 6 votos a favor, se determinó que los criterios interpretativos contenidos en la jurisprudencia de la Coidh “son orientadores” y no obligatorios para el Poder Judicial de la Federación.

Fuente: La Jornada de Guerrero

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