ANALY S. NUÑO
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) dictaminó que tanto el IMSS como el ISSSTE deben garantizar el ejercicio pleno y en igualdad de trato y de oportunidades a quienes son derechohabientes, razón por la cual se les obliga a afiliar a los servicios de seguridad social a las parejas del mismo sexo.
La resolución se deriva de la queja interpuesta por Luis Ignacio Guzmán García, quien se inconformó ante el organismo tras serle negado en la clínica 1 del IMSS el trámite de afiliación de su cónyuge, por discriminación motivada por sus preferencias sexuales. No obstante, el organismo de salud argumentaba que la ley se lo impedía.
Por lo anterior, tras 15 meses de proceso de integración de la queja, la Conapred insta al IMSS a registrar e inscribir a Genaro Martínez a fin de “reconocer y garantizar el goce del derecho a la seguridad social y todas las prestaciones que se deriven de ese estado, atendiendo el deber que tienen de proteger a la familias en el sentido más amplio e integral que proceda”.
Asimismo refiere que “deberán efectuar el registro de las personas familia del derechohabiente que hayan celebrado matrimonio o que vivan en concubinato con otras de su mismo sexo, sin que las preferencias sexuales o cualesquiera otras causas establecidas en el artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, sean impedimento para ello”.
A consideración de Codise esta resolución “a favor del respeto de los derechos humanos ayuda a disminuir la discriminación e intolerancia hacia los integrantes de la comunidad de la diversidad sexual”. En su momento, la CEDHJ desechó la queja por “no ser la autoridad indicada.”
Fuente: La Jornada de Jalisco
No hay comentarios:
Publicar un comentario