jueves, 2 de diciembre de 2010

Cineastas contra Televisa; la disputa por regalías




Cineastas contra Televisa; la disputa por regalías
Columba Vértiz de la Fuente


Para el presidente de los realizadores de cine sonó la hora final del autoritarismo de Televisa. Sólo así se explica que ésta recurra a tantos alegatos sin sustento cuyo propósito, según el director, es confundir a la justicia. Pero desde abril, las autoridades sentenciaron que la empresa no podía ya seguir escatimando el pago de derechos de autor por las películas que exhibe casi desde su fundación.

MÉXICO, D.F., 1 de diciembre (Proceso).- Televisa, S.A. de C.V., y Grupo Televisa, S.A., tratan de confundir con respecto al fallo del Segundo Tribunal Colegiado en Material Civil del Primer Circuito, el cual exhorta que dichas empresas “tienen obligación de pagarles regalías a los directores de cine por las películas transmitidas desde 2003 en adelante”.

Es la conjetura de Víctor Ugalde, presidente de la Sociedad Mexicana de Directores-Realizadores de Obras Audiovisuales, luego de que la televisora de Emilio Azcárraga Jean circulara un boletín a los medios de información (sin incluir al semanario Proceso) donde alega que “es totalmente falso que algún tribunal haya emitido sentencia alguna”.

Ugalde subraya a la reportera: ha sido una lucha de 25 años emprendida por los titulares anteriores de este organismo que ahora él rige, como Alejandro Galindo, Gilberto Gazcón y Jaime Casillas:

“Al principio, muchos jueces se negaban a aceptar la demanda; otros se declaraban incompetentes, y sólo a partir de 2004 empezamos a ver resultados porque, en 2003, cambió la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y se reconoce al director cinematográfico como autor, en su artículo 97.

“Fue una pelea larguísima sólo por exigir el cumplimiento de la ley. No pedíamos nada más. Televisa le pagaba a todas las sociedades excepto a nosotros. Nunca supimos los porqués de desaparecer la figura del director, no sé qué trauma tenía allí la emisora.”

Tal resolución del Segundo Tribunal Colegiado es un juicio concluido que interpuso la Sociedad Mexicana de Directores el 20 de diciembre de 2004.

Es decir: presentó una demanda de pago de regalías por la transmisión de largometrajes por televisión abierta en contra de Televisa (los canales 2, 4, 5 y 9) y el Grupo Televisa. también para que sigan pagando de ahí en adelante, una denuncia que fue turnada al juez Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal.

El 7 de abril de 2008, dicho juez resolvió, de acuerdo con el expediente 231/2004, que Televisa y Grupo Televisa “están obligadas a pagar regalías por la comunicación o transmisión pública de las obras audiovisuales a los autores o causahabientes a través de la actora Sociedad Mexicana de Directores-Realizadores de Obras Audiovisuales que los representa, en términos del artículo 26 bis de la LFDA.

Ese apartado de la ley marca:

“El autor y su causahabiente gozarán del derecho a percibir una regalía por la comunicación o transmisión pública de su obra por cualquier medio.”

Además, el juez del Cuarto Distrito condenó a las partes demandadas para cubrir el pago de los intereses moratorios “a razón de 9% anual”, por lo cual Televisa y Grupo Televisa, inconformes, interpusieron un recurso de apelación, que fue turnado al Tercer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito, que confirmó la sentencia. Sin embargo, ellas no lo aceptaron y con un recurso de amparo directo apelaron el 17 de mayo de 2010, y relevado al Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Civil (exp. DC-483/2010).

Allí, Televisa y Grupo Televisa plantearon hasta 17 conceptos de violación, considerados por el tribunal como “infundados e inoperantes” en su mayoría.

Esta sentencia del amparo directo DC-483/2010 se publicó el 10 de noviembre de 2010, cuando el tribunal determinó “agotar el procedimiento previsto en la ley, a fin de establecer la tarifa conforme a la cual se deberá cumplir la condena”.

La Sociedad de Directores explicó en un desplegado publicado en El Universal el 19 de noviembre que el tribunal sólo le concedió a Televisa dos de los 17 conceptos de violación que presentó:

“Uno es que en la parte de los intereses a los que fue condenada, se computen a una tasa de 6% anual (que es la que establece el Código de Comercio), y no conforme al 9% anual (la que establece el Código Civil).

“El segundo es que se concedió a Televisa para que las regalías a cuyo pago se condenó, no se computen conforme a la tarifa para el cobro del derecho de autor por la ejecución, representación, exhibición, o explotación de obras protegidas por la ley, sino que para que las regalías se cuantifiquen con base en una nueva tarifa que expida el Instituto Nacional del Derecho de Autor (artículo 26 bis de la LFDA).”

Víctor Ugalde dio a conocer a la prensa el resultado de ese tribunal el pasado 16 de noviembre, y allí desmenuzó el punto anterior, que la Sociedad de Directores debe solicitar una tarifa al Instituto Nacional del Derecho de Autor “a fin de establecer la tarifa conforme a la cual se deberá cumplir la condena”.



Consorcio autista



Pero Televisa, en su boletín del pasado 18 de noviembre, dice:

“Igualmente falso es que exista una sentencia emitida a favor de la Sociedad Mexicana de Directores y, por consecuencia, también es falso que la ‘apelación’ de Televisa no haya procedido, y por ello deba remunerar por concepto de regalías a los directores de cine mexicano.”

Luego, ese documento se centra en los dos puntos a su favor, pero no menciona los 15 que perdió. Así arguye Televisa:

“… En sesión de fecha 15 de octubre de 2010 el Segundo Tribunal Colegiado concedió a Televisa un amparo en relación a la demanda que la Sociedad de Directores hizo contra Televisa, reclamando el pago de regalías por la transmisión por televisión abierta de diversas obras audiovisuales. Dicho pago se reclamó con base en una tarifa que data de 1957.

“Sin embargo, el Tribunal Colegiado determinó, a favor de Televisa, que dicha tarifa resultaba inaplicable, precisando que en todo caso la Sociedad de Directores debió haber agotado cierto procedimiento previsto en la vigente Ley del Derecho de Autor para reclamar los pagos que considera procedentes, pero que bajo ninguna óptica resulta aplicable la tarifa de 1957 que la Sociedad de Directores argumentaba, como sustento de su reclamo.”

Allí mismo, la poderosa empresa hace énfasis “que aún se encuentra pendiente el cumplimiento a dicho amparo por parte del Tribunal Unitario, el cual deberá seguir los lineamientos del Tribunal Colegiado, es decir, determinar que no es procedente el reclamo de la Sociedad de Directores por haber demandado con base en una tarifa ilegal e inaplicable”.

Remata la misiva:

“Por último, Televisa reafirma el irrestricto cumplimiento que siempre ha hecho de las disposiciones jurídicas que norman su actividad empresarial en México y el extranjero.”

En torno al asunto, el abogado de la Sociedad Mexicana de Directores, Eduardo de la Parra, aclara que el Tribunal Unitario “debe emitir una sentencia repitiendo lo que dijo el Segundo Tribunal Colegiado, pues así lo dispone la Ley de Amparo”.

–¿Cuándo emitirá la sentencia el Tribunal Unitario?

–No lo sabemos, no tiene una fecha determinada.

Ugalde apunta que si bien es cierto que el Tribunal Unitario deberá pronunciar sentencia para cumplir con el amparo, “tal sentencia no puede modificar lo que quedó firme –o sea, que Televisa está condenada a pagar regalías– ni tampoco podrá señalar otra cosa diferente a lo que resolvió su Tribunal Superior, sobre que la condena debe cuantificarse conforme a una nueva tarifa y con 6% de interés”.

Ugalde sostiene que “nada es falso” como lo ha difundido Televisa, pues “el Tribunal Colegiado negó el amparo a Televisa y, entonces, ésta debe pagar regalías”. Enseguida, el cineasta reitera que Televisa trata de confundir, ya que “en su boletín mencionan los dos aspectos a su favor e ignoraron los 15 que no les fueron concedidos en el amparo; pero sí está obligada, según la resolución, a pagar”.

Destaca que con la sentencia, “se ha ganado el reconocimiento al pago de la regalía cada vez que se transmita una película mexicana, como lo dicta el artículo 26 bis de la LFDA”.

Televisa, manifiesta Ugalde, siempre se negó a pagar a los realizadores. Sólo pagaba cuando pasaba un filme nacional a la Sociedad de Autores y Compositores de Música, la Sociedad General de Escritores de México, la Asociación Nacional de Intérpretes y las diversas sociedades de ejecutantes de música.

¿Por qué Televisa subraya que todo es falso?, y Ugalde responde:

“Esa fue su opinión, no conozco sus razones, pero está obligada a pagar. Igual que los exhibidores de cine o cualquier otro usuario que ponga a disposición del público la obra de un autor mexicano o de otro país que representamos.”

En tanto, a De la Parra se le pregunta si Televisa no puede ser sancionada por decir que todo es falso, e indica que no.

–¿Pero si ha violado la LFDA al no pagar las regalías a los directores?

–Como reconocieron todos los jueces y tribunales que conocieron del asunto, Televisa contravino el artículo 26 bis de la LFDA.

De los otros 15 conceptos de violación que le rechazaron a Televisa, recuerda que están que ella no transmitió las películas, sino Televimex, sociedad anónima, porque era la titular de las concesiones para operar los canales 2, 4, 5 y 9. Que los directores no son autores. Que no se probaron las transmisiones. Que faltaron pruebas. Que la Sociedad de Directores no existe, etcétera.

Ugalde recuerda que antes de 1997, “Televisa decía, como muchos, que la LFDA no era clara si los directores éramos o no autores, pero afortunadamente esto ha ido cambiando a lo largo de los años”.

Para él, esta resolución le hace pensar “primero, que ya no le tienen tanto miedo a Televisa, años atrás me tocó ver el pánico tremendo que le tenían a la empresa y, segundo, encontramos personas que ya empiezan a entender cuál es la verdadera naturaleza del derecho de autor”.

Por lo tanto, este resultado del Segundo Tribunal Colegiado “es bueno y da paso a un arte que es muy joven, con apenas 110 años, pero que tiene una penetración altísima”. Defiende a capa y espada al realizador, toda vez que “el director tiene derecho a vivir la suerte de su obra y eso es tan sólo todo lo que venimos pidiendo”.

Víctor Ugalde no quita el dedo del renglón:

“El hecho de que los directores no tengamos seguridad social, es decir, seguro de gastos médicos mayores, es una injusticia del Estado moderno mexicano. Nos cobran impuestos en vida y en muerte a los artistas, pero nada nos solucionan. Pero esta sentencia nos permite pagar ya nuestra seguridad social, y como lo decía Ricardo Garibay, nos permite pagarnos el tiempo para escribir y dirigir las obras a futuro.”




Fuente: Proceso
Difusión AMLOTV

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