A raíz de una queja presentada por una persona del municipio de Villa de Arista, se denunciaron violaciones a los derechos humanos como tortura y retención ilegal perpetrados por agentes de la Policía Municipal y la Policía Ministerial del Estado, siendo estas comprobadas por un agente del Ministerio Público y ordenando la integración del expediente para deslindar responsabilidades.
En el expediente de queja, el afectado narró que fue detenido en Villa de Arista por un grupo de policías ministeriales y municipales, quienes en el trayecto a las celdas preventivas lo golpearon, al llegar a la barandilla se sumaron más uniformados a la agresión, además de obligarlo a beber de una botella de licor para hacerlo pasar como ebrio.
También se acreditó que los agentes ministeriales que se responsabilizaron de su detención, demoraron en dejar al detenido en inmediata disposición del fiscal, autoridad quien a su vez, fue omiso en certificar debidamente al detenido dando cuenta de las lesiones que presentaba luego de los actos de tortura de los que fue objeto.
Tales abusos se asentaron en la recomendación 19/2010, emitida el 28 de diciembre del año pasado y que fue dirigida a Cándido Ochoa Rojas, procurador general de Justicia del Estado, como autoridad responsable de la Policía Ministerial del Estado y del Ministerio Público, y a Gregoria Hernández Gámez, presidenta municipal de Villa de Arista, autoridad responsable de la Policía Municipal.
Tras conocer el caso y realizar una serie de diligencias, la Comisión Estatal de Derechos Humanos logró establecer que el quejoso fue víctima de tortura, con secuelas de daños emocionales, cerciorándose el personal de este organismo de las lesiones físicas que tenía la víctima al momento de encontrarse recluido. Con tales evidencias, recomendó al titular de la PGJE integre y resuelva la investigación previa tendiente a determinar la procedencia o no de la denuncia contra los agentes de la Policía Ministerial del Estado implicados por las violaciones a derechos humanos. Similar procedimiento se recomendó en cuanto a las acciones y omisiones atribuidas al agente del Ministerio Público.
Mientras que a la presidenta municipal de Villa de Arista se recomendó iniciar, integrar y resolver el procedimiento disciplinario a los agentes de la policía preventiva municipal, que se contraten los servicios de un médico legista autorizado para certificar a los detenidos por delito y/o falta administrativa y que se giren instrucciones a los efectivos de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal.
Si del procedimiento ante la Comisión de Honor y Justicia se desprende la responsabilidad de los servidores públicos señalados en la recomendación, el ayuntamiento de Villa de Arista deberá reparar el daño y generar las indemnizaciones que procedan en beneficio del quejoso.
Fuente: La Jornada de San Luis
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