jueves, 29 de enero de 2009

DECLARACION SOBRE EL PROYECTO "RESPLANDOR TEOTIHUACANO"


Los trabajadores del Instituto Nacional de Antropología e Historia, especialistas en investigación y conservación del patrimonio arqueológico de la Nación, después de un análisis del proyecto de luz y sonido en Teotihuacán y del avance de su instalación queremos hacer del conocimiento público nuestras conclusiones:

1. El proyecto aprobado por el Consejo de Arqueología no cumple con los requerimientos académicos y técnicos indispensables para la conservación del patrimonio arqueológico, razón por la cual el propio Consejo debe reconocer que fue un error haberlo aprobado.

2. No se consideraron las repercusiones sociales y su impacto en las comunidades, ni la opinión de las mismas.

3. No existe elemento jurídico alguno que permita al Director General del Instituto Nacional de Antropología e Historia, otorgar concesiones, ni establecer convenios con instancias públicas o privadas para la comercialización de las zonas arqueológicas.

4. El Proyecto es violatoria de la Ley Federal de Zonas y Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en su artículo 42.

5. Es también violatorio del decreto presidencial de 1988 mediante el cual se declara Teotihuacán como zona de monumentos arqueológicos, misma que en su artículo 13 establece: “En la zona de monumentos definida en este decreto no se autorizan construcciones cuya función, diseño o ubicación alteren, afecten o distorsionen los valores monumentales o el uso educativo y de investigación a que la misma está destinada”.

6. El Proyecto viola diversas disposiciones de la Ley de Bienes Nacionales, la Carta de Venecia, la Declaratoria de Patrimonio de la Humanidad emitida por la UNESCO, el documento de NARA sobre autenticidad, la declaratoria de Xi´an sobre la conservación del entorno de las estructuras, sitios y áreas patrimoniales.

7. El proyecto fue aprobado por el Consejo de Arqueología sin haberse presentado completo y sin los detalles suficientes para evaluar la posibilidad de afectación de los monumentos y su impacto social.

8. El proyecto carece de guión y no tiene sustento académico

9. La instalación eléctrica ha causado afectación de los monumentos en su estructura y puede provocar filtraciones, al tiempo que afecta la visual y volumetría de los monumentos arqueológicos.

10. El proyecto debe ser cancelado de inmediato porque desvirtúa el sentido educativo de las zonas arqueológicas y porque se enmarca en un plan de explotación comercial y turística de la región.

11. La ejecución de las obras para la instalación de las luminarias no obedece a lo aprobado por el Consejo de Arqueología.

Por todo lo anterior:

Exigimos la suspensión inmediata de la obra, la revocación de toda autorización y el retiro de las instalaciones que ya fueron colocadas sobre las pirámides del Sol y la Luna.

Los trabajadores del Instituto Nacional de Antropología e Historia agrupados en las delegaciones Sindicales D-III-24-Organización Nacional, D-II-IA-1 Y D-II-IA-2.

 

Teotihuacán, 23 de diciembre de 2008.

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