Cantaleta sin shalalá
Carlos Fazio.
Desde el comienzo de la administración calderonista denunciamos un larvado proceso de fascistización en México y el tránsito hacia un Estado de excepción como parte de una política gubernamental planificada. Según las propias cifras oficiales, el saldo en víctimas ejecutadas en lo que va del sexenio es de 28 mil 353. A lo que se suman 3 mil casos de desapariciones forzadas por razones políticas, trata de personas y levantones en el marco de la guerra entre los cárteles de una economía criminal que, con un pie en la clase política y otro en la clase empresarial, permea a toda la sociedad.
Además, una porción considerable de las 28 mil ejecuciones registradas podría estar relacionada con desapariciones, sobre todo aquellos casos en los que las víctimas aparecen desmembradas, descuartizadas o en fosas clandestinas (como la de Taxco con 77 cuerpos), sin que se investigue su identidad ni a los autores materiales o intelectuales del crimen.
En ese contexto, la presentación el 30 de agosto del Manual: ¿qué hacer en caso de desaparición forzada? guarda relación directa con el resurgimiento de ese tradicional mecanismo de represión del Estado mexicano. Históricamente, la dupla escuadrones de la muerte-desaparición forzada de personas es un componente esencial del modelo de la guerra contrainsurgente. Remite, invariablemente, a la práctica introducida por el ejército colonial francés en Argelia, utilizada después por Estados Unidos en Vietnam durante la Operación Fénix y exportada a América Latina por el Pentágono y la Agencia Central de Inteligencia (CIA), mediante la Escuela de las Américas.
Junto con la tortura sistemática y la ejecución sumaria extrajudicial, la desaparición forzada formó parte de los instrumentos clave de las guerras sucias impulsadas por varios gobiernos latinoamericanos, México incluido, que practicaron el terrorismo de Estado. Sin embargo, la técnica de la desaparición forzada fue inaugurada por el Tercer Reich en diciembre de 1941, en el marco de la solución final destinada a eliminar judíos y miembros de otras razas malditas, como los gitanos, en los territorios de Europa ocupada por las tropas hitlerianas.
Esa directiva, conocida por el nombre eufemístico de Decreto Noche y Niebla (o Decreto NN), incluyó el asesinato de prisioneros de guerra cuyos derechos estaban protegidos por la Convención de Ginebra. Los prisioneros eran transportados de manera oculta a campos de concentración, sin que se conservase testimonio o registro de los hechos. Según palabras de Hitler, “el efecto de disuasión de estas medidas […] radica en que: a) permite la desaparición de los acusados sin dejar rastro y, b) que ninguna información puede ser difundida acerca de su paradero o destino […]. Una intimidación efectiva y duradera sólo se logra por penas de muerte o por medidas que mantengan a los familiares y a la población en la incertidumbre sobre la suerte del reo. […] A través de la diseminación de tal terror toda disposición de resistencia entre el pueblo, será eliminada”.
Según los ideólogos del nazismo, el decreto implicaba una innovación básica del Estado: la organización de un sistema de desapariciones forzadas. Una característica fundamental es que permitía la aplicación secreta de la pena sin dejar testimonio o pruebas sobre las circunstancias y término de la misma. De ahí el uso eufemístico de las palabras noche (nacht) y niebla (nebel), inspiradas de un canto de la ópera El oro del Rin, de Richard Wagner.
La desaparición forzada fue utilizada después por el ejército francés en la batalla de Argel (1957). Según reconoció el comandante Paul Aussaresses, uno de los cultores de la llamada Escuela Francesa, no era posible emprender una acción judicial para todos los detenidos (24 mil en los seis meses que duró la ofensiva antisubversiva). El saldo fue de 3 mil desaparecidos. Roger Trinquier, uno de los teóricos de la guerra moderna, desarrolló la idea de la contrainsurgencia planteando que cuando el poder político está en peligro, los militares son los únicos que disponen de medios suficientes para establecer el orden. Según Trinquier, en una situación de emergencia, los límites legales establecidos detienen la acción de las fuerzas militares regulares y la protección de la ley favorece al irregular. La ley es un obstáculo para la guerra total; la solución es apartar al prisionero del marco legal que pueda protegerlo.
En América Latina, la desaparición se utilizó en Guatemala en 1964, y luego en México y los países del Cono Sur contra el enemigo interno. Las víctimas entraron en el rubro de los daños colaterales. La secuencia secuestro-tortura-desaparición no representa una falla del sistema. Es un método ilegal utilizado por agentes del Estado o personas o grupos (paramilitares) con la aquiescencia de éste, sin orden de autoridad competente, para frenar la acción colectiva, vía la instalación del miedo y el terror.
La razón por la que un Estado recurre a ese método de represión racionalizada se debe a su efecto de supresión de todo derecho: al no existir cuerpo del delito se garantiza la impunidad. El desconocimiento impide a los familiares realizar acciones legales; infunde terror en las víctimas y en la sociedad, y mantiene separados a los ciudadanos en su accionar frente al Estado. Según Agamben, la desaparición es lo que vuelve al opositor un homo sacer. Es decir, una persona que puede ser asesinada impunemente.
¿Qué de todo eso está vigente en México hoy? Mucho, incluido el accionar de comandos paramilitares, escuadrones de la muerte y grupos de limpieza social. ¿Está Calderón aplicando una versión actualizada de la guerra sucia? En todo caso, la cifra de muertos y desaparecidos se acerca, en sólo cuatro años, a las de la dictadura de Videla y la Colombia de Álvaro Uribe.
Fuente: La jornada
Difusión AMLOTV
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