Revés a Ebrard en la SCJN
La Redacción
MÉXICO, D.F., 22 de noviembre (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundada la controversia constitucional promovida por el Gobierno de Distrito Federal contra una reforma a la Ley de Coordinación Fiscal.
Por unanimidad, los ministros resolvieron que la ley –impugnada en 2008 por el jefe de gobierno capitalino, Marcelo Ebrard, debido a que, dijo, en los siguientes cinco años el Distrito Federal perderá 22 mil 500 millones de pesos por la reforma– es válida, sea que la Corte pueda contrastarla con principios constitucionales o no.
La principal objeción de Ebrard fue el peso que se da en las fórmulas al dato de población contenido en la Encuesta Nacional de Empleo, difundida trimestralmente por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Al respecto, el ministro Arturo Zaldívar señaló que las fórmulas que se contienen en la Ley de Coordinación Fiscal “me parece que cumplen con los principios y son razonables, porque tiene una finalidad constitucionalmente válida y se lleva a cabo a través de un medio que también es el idóneo".
Por su parte, Luis María Aguilar advirtió que si la Corte se pone a estudiar las fórmulas matemáticas para el reparto, tendría que basarse en pruebas periciales en materia financiera, y estaría asumiendo funciones propias del Congreso de la Unión.
"Lo que tenemos que analizar es si las bases para la fórmula son razonables, esto es suficiente", replicó Zaldívar.
En tanto, el ministro José Ramón Cossío se opuso a que en este tema la Corte genere principios que no aparecen en la Constitución.
"No podemos extender el tema de proporcionalidad hacia todo el sistema de coordinación (…) Definir nosotros cuál es la medida de relación entre lo que la entidad contribuye y lo que recibe por participaciones es una situación que nosotros mismos estamos construyendo sin tener elemento o fundamento Constitucional", dijo.
Y añadió: Al no contar con parámetros constitucionales objetivos que nos permitan llevar a cabo un verdadero análisis de la constitucionalidad del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, los argumentos de quien promueve la controversia deben declararse inatendibles".
Fuente: Proceso
Difusión AMLOTV
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