miércoles, 11 de febrero de 2009

PLAZA PUBLICA



11/FEBRERO/2009
PLAZA PÚBLICA
Aliento a la violencia sexual

MIGUEL ÁNGEL GRANADOS CHAPA

Decenas de agrupaciones civiles, defensoras de derechos humanos en general y los de las mujeres en particular, lanzaron el jueves pasado una severa interpelación al Presidente de la República. En un desplegado aparecido en Reforma le preguntan: “¿Cuál es su compromiso con los derechos humanos y su marco normativo y legal de nuestro País?, ¿cuál es su compromiso con la transparencia y con la lucha contra la impunidad?” y “¿cuál es el compromiso con las mujeres de México para promover normas, leyes y políticas públicas que les permitan vivir una vida libre de violencia?”

El móvil de sus inquisitivas interrogaciones es la inesperada y negativa modificación a la Norma Oficial Mexicana sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres, cometida el 28 de enero en sentido contrario al texto original aprobado el 21 de julio del año pasado, y cuya publicación se postergó probablemente en espera del momento de aplicar criterios religiosos a problemas de salud pública y de respeto a las personas. Ese momento llegó tras la presencia del presidente Calderón en el VI Encuentro Mundial de las Familias.

El caso tiene antecedentes remotos. Hace nueve años una niña de 13 años, Paulina del Carmen Ramírez Jacinto, fue violada por un asaltante en su casa en Mexicali, y quedó embarazada. Sus padres y ella misma resolvieron no mantener en su cuerpo la semilla maldita del agresor y obtuvieron del Ministerio Público, como lo dispone la Legislación de Baja California, la autorización para abortar. Pero en el Hospital General de aquella ciudad, piadosas damas y severos médicos rehusaron asistirla y la indujeron (la obligaron en último término) a dar a luz al producto de su desgracia.

Dada la gravedad de esa conducta, que impuso opiniones eclesiásticas al derecho de la jovencita, convertida contra su voluntad en madre-niña, diversas agrupaciones consiguieron llevar el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Estado mexicano y las asociaciones denunciantes, entre las cuales se hallaba el Grupo de Información de Reproducción Elegida (GIRE), llegaron ante la CIDH, en marzo de 2006, a un “acuerdo de solución amistosa” que dio lugar a la norma que ahora está en cuestión y que fue redactada dos años después del compromiso de generarla, en marzo de 2008. Se abrió entonces un periodo de consulta pública sobre su redacción y se aprobó un texto definitivo el 21 de julio siguiente, en el Comité Consultivo de Normalización y Prevención y Cuidado de Enfermedades. El paso siguiente debió ser el de su publicación, la que se fue aplazando sin causa.

Es que el conservadurismo católico, que aspira a determinar las políticas de salud pública se había propuesto modificar la norma en dos puntos cruciales, el derecho a la anticoncepción de emergencia y a la interrupción legal del embarazo resultante de una violación. En una sesión del Comité Consultivo celebrada el 28 de enero, se introdujeron matices que lo son sólo en apariencia pero que en el fondo hacen nugatorios esos derechos.

En cuanto a la anticoncepción de emergencia (AE) se agregó a la parte sustantiva una cláusula que contiene el deber de “proporcionar información de todos los posibles riesgos y consecuencias de la utilización de este fármaco, pudiendo prescribirse éste hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento, a fin de que la usuaria tome una decisión libre e informada”. No puede sino aplaudirse el respeto que de ese modo parece profesarse hacia la víctima, pero resulta claro que el propósito es dejar correr el tiempo para aplicar la anticoncepción de emergencia, ignorando que se trata de emergencias, de casos urgentes.

A las instituciones prestadoras de salud se les exime del deber de prestar los servicios médicos para el aborto con la sola supresión de ese verbo, deberán, y su reemplazo por el podrán, que deja a discreción de tales instituciones prestar o no tales servicios, sujetos además a la objeción de conciencia de los médicos, que es un derecho respetabilísimo a condición de que no impida el de las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo.

Las agrupaciones que el jueves interpelaron a Calderón por estos cambios atribuyen responsabilidad en ello al propio Presidente, a su consejería jurídica, al secretario de Salud José Ángel Córdova Villalobos, al subsecretario de de Prevención y Promoción de la Salud, Mauricio Hernández y al director general de Asuntos Jurídicos de la SS, Bernardo Fernández del Castillo, que parece representar en esa dependencia del Gobierno de una República laica el parecer de la Arquidiócesis de México, de que fue abogado.

La modificación al texto aprobado de la norma, que no estaba ya sujeto a revisión, se practicó en una sesión del Consejo consultivo que la había preparado, hace exactamente dos semanas. Forman parte de ese órgano unas cuanta agrupaciones, 13 de las cuales no estuvieron presentes, no sé si por no haber sido oportunamente convocadas o porque supusieron que no se abordarían asuntos relevantes en la sesión. Sí acudió, en cambio, el Comité ProVida, integrante del Consejo desde por lo menos 2006, y cuyos criterios coinciden con los que ahora brillan en la norma enmendada y adicionada.

Las asociaciones que se oponen a la modificación solicitan que no se publique su texto reformado y sí el aprobado el 21 de julio. “No nos equivoquemos, dijeron a Calderón, los cambios a la NOM 046 no fueron mínimos; fueron de fondo”. En último término alientan, digo por mi parte, la violencia sexual.


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http://www.yunqueland.com/

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