miércoles, 26 de mayo de 2010

Discutirá la Corte controversia por la extincion de LyFC


Discutirá la Corte controversia por la extincion de LyFC
Organización Editorial Mexicana
26 de mayo de 2010


Gabriel Xantomila / El Sol de México

Ciudad de México.- El diputado federal del PRD, Ramón Jiménez López, informó en conferencia de prensa que la controversia constitucional presentada contra el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro, a favor de los trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), ha sido aceptada para ser discutida en el Pleno de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN).

El perredista señaló que la SCJN ha solicitado al Presidente de la República, Felipe Calderón y al procurador general de la República, Arturo Chávez Chávez, que en cinco días hábiles, a partir del pasado jueves 20 de mayo, envíen a la Corte los elementos que consideren para defender su posición en torno al decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro.

"El caso no se ha cerrado, la controversia constitucional se ha revivido y se va a analizar el fondo del asunto, no solamente la formalidad por la Suprema Corte; estimamos que esto se revise en ocho días, entonces se reunirá el pleno de ministros", dijo.

Sin embargo, exigió a nombre de los siete diputados que firmaron dicha controversia: Agustín Guerrero, Balfre Vargas, Emilio Serrano, del PRD; y Mario Di Costanzo, Jaime Cárdenas, y Teresa Reyes, del PT, al Poder Judicial de la Federación, restablecer el orden constitucional en el país y se pronuncie en contra de que el presidente Felipe Calderón invada funciones propias del Poder Legislativo.

"El titular del Ejecutivo federal ha violado abierta y flagrantemente dos artículos de la Constitución, el 41 y 49 que se refieren a la división de poderes; no se puede concentrar dos poderes de la Unión en una sola persona como lo ha hecho Felipe Calderón con este decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro.

"Queremos reiterar que ahora hay nueva jurisprudencia al respecto, que para extinguir un organismo paraestatal solamente lo puede hacer bajo decreto o modificación de la ley por parte del Congreso de la Unión exclusivamente", finalizó.

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