Ordenan al IFE reponer procedimiento contra Calderón por spots
La Redacción
MEXICO, D.F., 21 de julio (apro).- Por acuerdo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el presidente Felipe Calderón deberá presentar ante el Instituto Federal Electoral (IFE) un informe sobre la transmisión de los promocionales que se difundieron en los 15 estados que celebraron elecciones el pasado 5 de julio.
Con base en dicho reporte, la resolución del TRIFE establece que el IFE deberá determinar la presunta responsabilidad administrativa en que incurrió el Ejecutivo federal por la transmisión de spots gubernamentales durante la reciente jornada electoral.
Dicho acuerdo deja, pues, sin efecto el fallo emitido por el IFE el pasado 3 de junio, en el que declaró infundado un procedimiento sancionador contra Calderón y la dirección de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, por la trasmisión de spots, en los que se difundían presuntas obras públicas del gobierno federal.
Este miércoles, sin embargo, el TEPJF ordenó hoy al IFE reponer el procedimiento y emplazar a Calderón, a través de su representante legal, para que dé su versión sobre la transmisión de dichos promocionales, que se difundieron en estados donde habría elecciones, lo que no está permitido por la ley.
El magistrado Pedro Esteban Penagos dijo que el secretario ejecutivo del IFE sólo llamó a desahogar el procedimiento a la dirección de Radio, Televisión y Cinematografía y no emplazó a Calderón, como cualquier involucrado en una denuncia, al considerar que el artículo 108 constitucional no puede ser sujeto a acusación alguna.
Explicó: "No resulta legalmente correcto ese actuar, porque en el caso no se trata de un problema relacionado con una acusación por la cual pueda resultar responsabilidad personal (de Calderón); no se trata de la imputación de un delito, sino de su actuación, en relación con promocionales que, se dice, infringen la norma electoral.
"Por ello es claro que debió emplazarse a todos los denunciados, para que, en términos de ley, en el caso del Presidente de la República, para que a través de su representante legal, compareciera al procedimiento sancionar, para ver si existe o no responsabilidad, si su actuar está apegado o no a la norma de carácter electoral", añadió.
María del Carmen Alanís, magistrada presidenta del TEPJF, dijo que el Consejo tampoco contempló a las 22 concesionarias que trasmitieron dichos promocionales, en los que se difunden obras de salud, por lo que existen suficientes elementos para reponer el procedimiento.
Y señaló: "Se ordena reponer el procedimiento a partir del emplazamiento tanto a las televisoras como al presidente de la República".
Fuente: Proceso
Difusión AMLOTV
No hay comentarios:
Publicar un comentario